Presidente Abinader promulga Ley 60-23 para la administración de bienes en procesos penales y extinción de dominio

Santo Domingo, 28 de octubre – El presidente de la República, Luis Abinader, promulgó la Ley 60-23, que regula la administración de bienes secuestrados, incautados y abandonados en procesos penales y juicios de extinción de dominio. El texto legal fue enviado por el Senado y recientemente aprobado.

Esta ley establece una serie de principios que guían la administración de los bienes incluidos en su alcance, como la transparencia, eficiencia, objetividad, igualdad y jerarquía. Entre las novedades más destacadas se encuentra la creación del Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (Incabide).

Este instituto posee personalidad jurídica y goza de autonomía administrativa, financiera y técnica. Está adscrito al Ministerio de Hacienda y se encarga de administrar y destinar los bienes de acuerdo con la ley.

El Incabide se compone de un Consejo Directivo, responsable de funciones normativas, deliberativas y de control, y de una Dirección Ejecutiva, encargada de las funciones administrativas. El Consejo Directivo está integrado por el ministro de Hacienda, quien lo preside, el Procurador General de la República, el ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, y el director ejecutivo del Incabide, quien actúa como secretario del Consejo Directivo con voz, pero sin derecho a voto.

Según el artículo 25 de la ley, una vez que el Ministerio Público realice el secuestro o la incautación de bienes, ya sea de forma directa o por orden judicial, procederá a entregarlos al Incabide bajo reglas específicas y excepciones, como en el caso de drogas, armas y municiones, que permanecerán bajo el control del Ministerio Público.

En cuanto a los bienes incautados o secuestrados, el Incabide podrá conceder su uso provisional a entidades públicas por razones de interés público o necesidades de investigaciones criminales, siempre de acuerdo con las leyes vigentes.

La ley también establece la creación de un Fondo Especial de Bienes Decomisados y Extinguidos (Febide) bajo la administración del Incabide. Este fondo estará compuesto por el dinero obtenido de la extinción o decomiso de bienes, así como por las ganancias de su venta. Los recursos se utilizarán para cubrir los gastos de administración de los bienes y otras obligaciones, y el excedente se depositará en la Cuenta Única del Tesoro. Estos fondos podrán ser destinados por el Gobierno central a programas de prevención de drogas, reducción de pobreza, protección de menores y víctimas de delitos, entre otros, siempre garantizando la transparencia.

El presidente Abinader resaltó que esta ley se ajusta a las disposiciones constitucionales y legales vigentes, promoviendo la transparencia, eficiencia y fortalecimiento institucional.

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