La DGCP insta a funcionarios municipales electos a solicitar suspensión de su Registro de Proveedores del Estado
Santo Domingo, 10 abril – La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) emitió un llamado este martes dirigido a los funcionarios electos para cargos municipales, instándolos a solicitar la suspensión de su Registro de Proveedores del Estado (RPE) ante esa entidad en caso de ser suplidores del Estado.
Según lo comunicado por la DGCP, a partir del 24 de abril, fecha de toma de posesión de las nuevas autoridades, se realizará un cruce de datos en su base con el propósito de identificar a todos los funcionarios municipales electos que se encuentren en el régimen de incompatibilidades. Aquellos que sean identificados en esta situación tendrán suspendido su RPE.
El artículo 14 de la Ley 340-06, de Contrataciones Públicas, prohíbe a las autoridades municipales, como alcaldes, regidores, directores de juntas distritales y vocales, ser oferentes o contratar con el Estado para proveer bienes, obras y servicios a las instituciones gubernamentales.
Carlos Pimentel, director general de Contrataciones Públicas, enfatizó la importancia de contribuir con la transparencia e igualdad de oportunidades, así como de prevenir conflictos de interés. En ese sentido, destacó que se suspenderá de oficio el RPE de las autoridades municipales electas que entren en el régimen de incompatibilidades.
Además, Pimentel exhortó a las nuevas autoridades municipales a gestionar sus procesos de compras a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (Portal Transaccional), plataforma de uso obligatorio para garantizar la participación, transparencia y publicidad en los procesos de compras y contrataciones.
Asimismo, recordó que los gobiernos locales son evaluados a través del SISCOMPRAS, un indicador que mide el cumplimiento de la normativa mediante los registros en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.
Por último, reiteró la disposición de la DGCP para acompañar a las autoridades electas en este proceso, ofreciendo asesoramiento en caso de dudas o consultas sobre el cumplimiento de la Ley 340-06 y su reglamento de aplicación 416-23.