Airbnb, vivienda y turismo
Nassef Perdomo Cordero, abogado.
La era digital ha traído consigo novedades en todas las industrias de servicio. Al posibilitar que prestadores y clientes se comuniquen con facilidad e instantáneamente a través de un tercero, simplifica tanto la entrada al mercado de que se trate como el acceso a la oferta.
Las plataformas de alquiler a corto plazo son algunas de las más exitosas.
Entre ellas destaca Airbnb, convertida en paradigma y símbolo de estos servicios puesto que, sin ser un prestador directo, ha logrado una porción importantísima del mercado de alquiler a corto plazo para fines turísticos.
Muchas personas han convertido en albergues turísticos apartamentos diseñados y construidos para vivienda.
De hecho, una parte significativa de la nueva oferta inmobiliaria incluye como atractivo su idoneidad para la “inversión”.
Esto no es malo en sí mismo pero, -además de las dificultades para la recaudación tributaria, tiende a causar conflictos diversos.
Por ejemplo, crea externalidades que deben ser asumidas por los condominios en los que se ubican y por sus vecinos.
Una de ellas es la disminución de la seguridad familiar, puesto que la de una comunidad de vecinos radica en buena medida en la poca afluencia de extraños, que es el punto mismo del alquiler a corto plazo.
Son de público conocimiento crímenes horrendos ocurridos en este tipo de alojamientos. También está el problema de la convivencia, siempre más difícil con personas que, al ir de paso, sienten que no tienen por qué mantener relaciones armoniosas con los demás.
Esto al margen de que la ausencia de regulación genera ventajas injustas sobre la industria regulada del turismo. Es un estado de cosas que no beneficia ni al sector turístico ni a los vecinos que se ven obligados a convivir con extraños.
A esto se añade el aumento que provocan en el costo de los alquileres y, -por lo tanto, en el precio de la vivienda, lo que ha hecho que importantes ciudades del mundo hayan regulado este mercado para evitar sus distorsiones. Es el caso de Nueva York y Barcelona.
Por su lado, el Tribunal Supremo español ha avalado la capacidad de las comunidades de vecinos de bloquear estas actividades comerciales en los inmuebles que rigen.
Por estos y otros motivos es necesario que en el país asumamos la necesidad de regular estas plataformas.
El Día