Condenan a miembros de red criminal de Operación Gavilán por borrar antecedentes penales

sANTO dOMINGO, 28 agosto. – El Ministerio Público logró importantes condenas contra una red criminal dedicada a eliminar antecedentes penales a cambio de sobornos, en un esquema de corrupción que afectó directamente la base de datos del sistema judicial dominicano.

Las sentencias, dictadas por el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, incluyen penas de hasta 10 años de prisión y multas significativas para los implicados.

El tribunal, al acoger de manera unánime la acusación presentada por la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, condenó a 13 personas por su participación en la red delictiva desmantelada mediante la denominada Operación Gavilán.

Los imputados fueron hallados culpables de alterar y borrar registros de antecedentes penales mediante el uso fraudulento de herramientas tecnológicas y violaciones a la ley de cibercrimen, todo con fines de lucro.

Los principales condenados, Pilar Yrenes Medina Trinidad de Dotel, José Ramón Quezada Carmona, Víctor Gilberto Mercedes Gómez y Luis Peña Cedeño, recibieron la pena máxima de 10 años de prisión, además de multas equivalentes a 100 salarios mínimos del sector público. En el caso de Peña Cedeño, también fue inhabilitado por cinco años para ocupar funciones públicas.

Otros involucrados se beneficiaron de acuerdos con el Ministerio Público, homologados por el tribunal. Mártires Rosario Reyes recibió una condena de siete años, divididos en tres años y medio de prisión domiciliaria y el resto suspendido, además de una multa de cinco salarios mínimos. Alfredo Mirambeaux fue sentenciado a ocho años, con seis años en prisión domiciliaria y dos suspendidos bajo las condiciones del artículo 41 del Código Procesal Penal (CPP).

Asimismo, Rubén Darío Morbán y Luis Alfredo Astacio Polanco fueron condenados a seis años, con tres años en prisión domiciliaria y tres suspendidos. Domingo Julio Santana recibió cinco años, con 2.6 años en prisión domiciliaria y el resto también suspendido, todos sujetos a las reglas del CPP.

En el ámbito empresarial, se dispuso la disolución definitiva de la compañía Nexcon Technology, en virtud de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Mientras que a los procesados Jancely Arias López, Ashley Darleni Morbán Reyes y Laudelina Esther Reyes Silva se les aplicó el criterio de oportunidad.

Los jueces Keyla Pérez Santana, Elías Santini y Arisleyda Santana establecieron que las penas se cumplirán en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, en San Cristóbal. La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el 4 de noviembre de 2025.

En contraste, fueron absueltos Dilcia Argentina Núñez Santos, Romanqui Alexander Dotel Medina y Yokaira Quezada Carmona, y sus costas fueron declaradas de oficio.

Durante el juicio, el Ministerio Público, representado por los fiscales Andrés Mena, Eduardo Velázquez y Miguel Crucey, presentó una sólida carga probatoria que fue acogida plenamente por el tribunal. Las pruebas incluyeron testimonios, peritajes informáticos y financieros, documentación oficial, audiovisuales y evidencia digital que, según el fallo, demostraron la existencia de una estructura criminal organizada que operaba mediante acceso ilícito a sistemas tecnológicos oficiales.

“El Ministerio Público ha obtenido una sentencia favorable, en la que los jueces han acogido a unanimidad nuestra petición. Esta es una condena ejemplar que manda un mensaje claro contra los hechos de corrupción”, declaró el fiscal Andrés Mena al concluir la audiencia.

La investigación reveló que la estructura criminal operaba de forma deliberada con el objetivo de borrar registros delictivos de personas interesadas en limpiar su historial penal. A cambio, los miembros de la red exigían pagos en efectivo, depósitos y transferencias bancarias.

Este esquema ilegal no solo permitió que personas evadieran la justicia y los controles migratorios tras eliminar sus antecedentes penales, sino que también representó una grave amenaza a la seguridad jurídica del país. Los condenados facilitaron incluso la obtención de pasaportes y documentos de viaje tras borrar dichas fichas del sistema judicial.

Según el fallo, las condenas se impusieron de acuerdo con la participación de cada acusado y la gravedad de los delitos cometidos. El tribunal concluyó que la presunción de inocencia fue destruida más allá de toda duda razonable, y se configuró un cuadro probatorio contundente contra los imputados.

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