Tribunal niega libertad condicional a Pablo Ross por falta de arrepentimiento y debilidades en su garante

San Cristóbal, 11 de noviembre — La jueza interina de la Primera Sala del Tribunal de Ejecución de la Pena de San Cristóbal, Licelot Casado, rechazó la solicitud de libertad condicional presentada por la defensa de Pablo Ross, condenado a 10 años de prisión por agresión sexual agravada en perjuicio de una menor, conforme a la Ley 136-03 sobre el Sistema de Protección Integral de los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.

En su decisión, la magistrada argumentó que el tiempo de pena cumplido no ha sido suficiente para generar un desagravio social adecuado por el delito cometido. “No ha existido por parte del interno un arrepentimiento; unido además con un garante que no garantizaba la idoneidad, lo que resulta sumamente atendible en el ámbito social donde fue ejecutado el hecho”, afirmó.

Uno de los elementos que pesó en la negativa fue la figura del garante presentado por Ross, quien aseguró poseer una empresa con 14 años de existencia, pero no presentó pruebas documentales de ello durante la audiencia.

Además, el tribunal valoró que dicha persona viaja constantemente fuera del país, lo que impediría una supervisión efectiva del condenado.

“El garante no ha cumplido con los requisitos establecidos en la norma, en cuanto a su idoneidad, ni ha demostrado con evidencia lo declarado en el plenario”, se establece en la resolución.

Asimismo, el tribunal tomó en cuenta las declaraciones de los padres de la menor víctima, quienes manifestaron que no ha habido un resarcimiento real ni hacia su familia ni hacia la sociedad. Esta posición fue acogida como válida por la jueza Casado.

En cuanto al estado de salud del interno, la defensa presentó documentación médica, pero el informe no fue compartido con las demás partes del proceso, por lo que desistieron de utilizarlo. Sin embargo, sí fue admitida una certificación del centro penitenciario donde se indica que Ross mantiene un “buen estado de salud”.

La defensa podrá someter una nueva solicitud de libertad condicional en un plazo de tres meses, contados a partir de la notificación oficial de esta decisión.

Comentarios
Difundelo