Tribunal absuelve a Rosa Antonia Disla en nuevo juicio vinculado al caso Coral

Santo Domingo, 17 de febrero.– El Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dictó este martes sentencia absolutoria a favor de Rosa Antonia Disla, quien enfrentaba cargos por presuntamente actuar como testaferro de su hijo, el coronel Rafael Núñez de Aza, vinculado al entramado de corrupción administrativa conocido como caso Coral.

La decisión fue adoptada por el tribunal presidido por la magistrada Keila Pérez Santana e integrado por Arisleyda Méndez Batista, con el voto disidente del juez Elías Santini Perera.

Los jueces rechazaron el dictamen presentado por los fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), órgano que sostenía la acusación en representación del Ministerio Público.

El órgano persecutor había solicitado que la imputada fuera condenada a cinco años de prisión, además del decomiso de un inmueble ubicado en la Autovía del Nordeste, en el municipio de Sabana Grande de Boyá, provincia Monte Plata, propiedad que, según la acusación, habría sido utilizada para ocultar bienes obtenidos de manera ilícita.

Nuevo juicio tras anulación de condena previa

Este proceso se celebró como resultado de la anulación de una sentencia anterior dictada por el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que había condenado a Disla a cinco años de prisión suspendida.

Dicha decisión fue posteriormente revocada por la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación, que ordenó la realización de un nuevo juicio al considerar que era necesario un examen más exhaustivo de los elementos probatorios.

Tras la culminación de este nuevo debate judicial, el Cuarto Tribunal Colegiado no solo absolvió a la imputada, sino que también dispuso el cese de todas las medidas de coerción que pesaban en su contra.

Argumentos del Ministerio Público

La acusación del Ministerio Público se centraba en la presunta vinculación de Disla con el delito de lavado de activos, bajo el alegato de que habría gestionado bienes y recursos obtenidos ilícitamente por su hijo, el coronel Rafael Núñez de Aza, señalado por las autoridades como el supuesto cerebro financiero de la red que habría desviado más de 4,500 millones de pesos del Estado dominicano.

De acuerdo con la tesis acusatoria, los fondos habrían sido sustraídos mediante nóminas irregulares y otras maniobras de malversación en los procesos judiciales denominados Coral y Coral 5G. En ese contexto, el Ministerio Público sostenía que Disla actuó como prestanombre o testaferro, administrando bienes adquiridos con recursos de origen ilícito.

Entre los elementos señalados figuraba un inmueble en Monte Plata, así como su participación en las empresas Rawell Importadores y Randa Comercial, identificadas como proveedoras del Estado en distintos períodos.

Valoración del tribunal

Sin embargo, el tribunal desestimó las pruebas presentadas por el órgano acusador tras examinar la cronología de los hechos y la documentación aportada durante el juicio.

Los jueces establecieron que el inmueble ubicado en Monte Plata fue adquirido en el año 1997, es decir, mucho antes del período en el que se sitúan los hechos investigados por el Ministerio Público. Esta circunstancia fue considerada determinante para descartar la presunta conexión entre la compra del bien y los actos de corrupción atribuidos al coronel Núñez de Aza.

Asimismo, el tribunal determinó que tanto Disla como su hijo se desvincularon de una de las sociedades comerciales en el año 2005 y de la otra en 2010, fechas que anteceden igualmente el inicio del proceso judicial en su contra y los hechos bajo investigación.

En la lectura del dispositivo de la sentencia, realizada por la magistrada Pérez Santana, el tribunal concluyó que “no se logró establecer la vinculación de la ciudadana con el tipo penal de testaferro en los ilícitos atribuidos a su hijo”, por lo que procedía dictar sentencia absolutoria.

Voto disidente

La decisión no fue unánime. El juez Elías Santini Perera emitió un voto disidente al considerar que, a su entender, las pruebas presentadas durante el juicio sí demostraban la culpabilidad de la acusada.

Según su criterio, el tribunal debió acoger el pedimento formulado por el Ministerio Público y por la parte querellante, en este caso el Estado dominicano, que reclamaba tanto la condena de prisión como el decomiso del inmueble señalado en la acusación.

El voto disidente deja abierta la posibilidad de que el caso continúe en instancias superiores, dependiendo de los recursos que puedan interponer las partes.

Próximos pasos procesales

La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el próximo 8 de abril de 2026 a las 2:00 de la tarde. A partir de esa fecha comenzará a correr formalmente el plazo legal para que el Ministerio Público y las demás partes procesales puedan interponer los recursos de apelación que consideren pertinentes.

Con esta decisión, Rosa Antonia Disla queda absuelta en este nuevo juicio, luego de un proceso judicial que incluyó una condena previa anulada en segunda instancia y la celebración de un nuevo debate probatorio.

Comentarios
Difundelo