Tribunal Constitucional confirma pago de RD$70 millones de ETED a Conatra por daños tras incendio

Santo Domingo, 14 marzo– El Tribunal Constitucional (TC) ratificó una decisión judicial que ordena a la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) pagar 70 millones de pesos a la Confederación Nacional de Organizaciones del Transporte (Conatra) como adelanto de indemnización por los daños ocasionados por un incendio que afectó instalaciones vinculadas a la organización de transporte.

La decisión está contenida en la sentencia TC/0122/26, mediante la cual el alto tribunal rechazó un recurso interpuesto por la ETED, su consejo de administración y el funcionario Martín Robles Morillo contra una sentencia previa de la Suprema Corte de Justicia que había validado el pago provisional.

El conflicto judicial se remonta a un incendio ocurrido el 4 de mayo de 2015 en la sede de Conatra, ubicada en el kilómetro 18 de la autopista Duarte, en el municipio de Los Alcarrizos.

El siniestro se extendió por un área donde funcionaban estacionamientos, un taller y un cementerio de chatarras que albergaba numerosos vehículos, entre ellos autobuses y unidades destinadas a repuestos.

Según los reportes levantados en ese momento, el incendio habría iniciado en un poste del tendido eléctrico situado dentro del solar de la organización, desde donde las llamas se propagaron rápidamente hacia los vehículos estacionados y otras instalaciones del lugar.

Los bomberos calificaron el evento como un incendio de gran magnitud, debido a la presencia de neumáticos, combustibles y una gran cantidad de unidades de transporte concentradas en el área afectada.

En el lugar se encontraban aproximadamente 300 vehículos, cuyo valor total fue estimado en unos 600 millones de pesos, de acuerdo con declaraciones ofrecidas en ese momento por el empresario del transporte Antonio Marte, presidente de Conatra.

Proceso judicial

Tras el incendio, Conatra interpuso una demanda contra la ETED por reparación de daños y perjuicios. En el proceso civil, los tribunales determinaron la responsabilidad de la empresa estatal y ordenaron la indemnización por los daños materiales, aunque el monto definitivo de la compensación debía establecerse posteriormente en un proceso separado.

Mientras se determina la cuantía final de la indemnización, un juez de referimientos dispuso que la ETED pagara 70 millones de pesos como provisión, es decir, un adelanto económico destinado a mitigar los efectos de los daños mientras concluye el proceso principal.

La empresa estatal impugnó esa decisión argumentando que el juez no tenía facultad para ordenar un pago provisional, debido a que el monto total de los daños aún no había sido determinado por el tribunal competente. Asimismo, alegó que la figura del “referimiento-provisión” no está expresamente contemplada en la legislación dominicana.

No obstante, la Suprema Corte de Justicia rechazó esos argumentos al considerar que un juez de referimiento sí puede ordenar un adelanto cuando existe una obligación de pago que no es seriamente cuestionada y cuando se demuestra la urgencia de la medida.

Al revisar el caso, el Tribunal Constitucional concluyó que la Suprema Corte interpretó correctamente el derecho y que en el proceso no se vulneraron derechos fundamentales de la empresa estatal.

En consecuencia, el alto tribunal rechazó el recurso de revisión constitucional y dejó firme la decisión que obliga a la ETED a pagar los 70 millones de pesos a Conatra, mientras los tribunales ordinarios determinan el monto definitivo de la indemnización por los daños provocados por el incendio.

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