Actualidad

Solicitan al TSE suspender restricciones de la JCE sobre publicación de encuestas electorales

Santo Domingo, 29 mayo.– El Tribunal Superior Electoral (TSE) fue apoderado de una solicitud de medidas cautelares de extrema urgencia mediante la cual se busca suspender provisionalmente las restricciones establecidas por la Junta Central Electoral (JCE) para la difusión y publicación de encuestas de opinión con fines electorales.

La acción fue presentada por la organización Justicia Sin Fronteras, representada por el abogado Harrison Féliz Espinosa, ante la Secretaría General del TSE, en contra del artículo décimo tercero y sus párrafos de la Resolución núm. 14-2026, emitida por la Junta Central Electoral el pasado 22 de mayo.

La referida resolución contiene el “Reglamento que establece el procedimiento para el registro de las firmas o empresas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral”, normativa que ha generado debate en distintos sectores políticos, jurídicos y mediáticos debido a las limitaciones que impone a la divulgación de estudios de opinión pública fuera de determinados períodos establecidos por el organismo electoral.

Solicitan suspensión inmediata de la medida

En el recurso depositado ante el TSE, los accionantes solicitan que la demanda sea declarada buena y válida en cuanto a la forma y que se ordene la suspensión provisional e inmediata de la ejecución del artículo impugnado.

De ser acogida la petición, se permitiría nuevamente la libre circulación, publicación y difusión de encuestas de opinión relacionadas con temas electorales mientras se conoce el fondo del proceso.

Asimismo, la organización pide al tribunal impedir que la Junta Central Electoral aplique sanciones, suspenda registros o adopte cualquier otra medida restrictiva contra empresas encuestadoras, organizaciones políticas, comunicadores, analistas o medios de comunicación que difundan estudios de opinión pública.

El recurso también solicita que cualquier decisión favorable sea ejecutada de manera provisional sobre minuta, independientemente de los recursos que eventualmente puedan ser interpuestos contra la sentencia.

Se espera que en los próximos días la Secretaría del Tribunal Superior Electoral emita el auto de fijación de audiencia para conocer formalmente la solicitud de medidas cautelares.

Alegan exceso de poder reglamentario

En el documento sometido al tribunal, Justicia Sin Fronteras sostiene que la Junta Central Electoral incurrió en un supuesto exceso de poder reglamentario al establecer restricciones que, según afirman, no están contempladas en la Ley núm. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral.

Los accionantes argumentan que el órgano electoral creó, mediante una disposición administrativa, una prohibición general para la publicación y difusión de encuestas fuera del período oficial de precampaña, una limitación que, a su juicio, excede las facultades conferidas por la legislación vigente.

“La administración electoral incurrió en exceso de poder reglamentario al extender limitaciones no previstas por el legislador dominicano, el cual únicamente contempla restricciones específicas respecto del período próximo al sufragio”, señala el recurso depositado ante el TSE.

Según la organización demandante, la medida impugnada introduce restricciones adicionales que no fueron aprobadas por el Congreso Nacional y que, por tanto, podrían vulnerar principios fundamentales relacionados con la libertad de expresión y el acceso a la información.

Advierten sobre efectos en la libertad de expresión

El recurso también advierte que la permanencia de la disposición podría generar efectos negativos inmediatos sobre el debate público y el ejercicio de derechos fundamentales.

De acuerdo con los accionantes, la vigencia de la prohibición crea un ambiente de incertidumbre que podría provocar autocensura entre medios de comunicación, empresas encuestadoras, analistas políticos y otros actores vinculados a la producción y difusión de información electoral.

En ese sentido, sostienen que la medida afecta directamente el derecho de los ciudadanos a recibir información política, así como el pluralismo democrático y la libre circulación de ideas, elementos que consideran esenciales para el funcionamiento de una sociedad democrática.

La organización argumenta que la restricción tiene un efecto inhibitorio sobre la discusión pública en momentos en que distintos sectores políticos comienzan a proyectarse de cara a futuros procesos electorales.

Invocan peligro por la mora procesal

Como parte de su argumentación jurídica, Justicia Sin Fronteras fundamenta la urgencia de la solicitud en la figura legal conocida como “peligro por la mora procesal”.

Según expone en el recurso, mientras se conoce el fondo de la demanda principal de nulidad, la Junta Central Electoral mantiene la facultad de aplicar de manera inmediata sanciones administrativas a las empresas encuestadoras que incumplan las disposiciones contenidas en el reglamento.

Entre esas medidas, citan la posibilidad de suspender registros, cancelar autorizaciones o imponer restricciones administrativas que podrían afectar la operación de las firmas dedicadas a la investigación de opinión pública.

Los accionantes consideran que la eventual aplicación de estas sanciones produciría consecuencias difíciles de revertir y ocasionaría daños irreparables al debate democrático nacional antes de que el tribunal pueda emitir una decisión definitiva sobre la legalidad de la resolución.

Citan precedente del Tribunal Constitucional

Como parte de los fundamentos jurídicos de la acción, el recurso también invoca la sentencia TC/0787/24 emitida por el Tribunal Constitucional.

De acuerdo con la interpretación presentada por Justicia Sin Fronteras, esa decisión establece que los procesos vinculados al sistema político y electoral deben desarrollarse bajo criterios objetivos, previsibles y compatibles con los principios democráticos.

Asimismo, sostiene que el libre flujo de ideas, opiniones e informaciones constituye uno de los pilares esenciales del Estado social y democrático de derecho, razón por la cual cualquier restricción debe estar claramente establecida por la ley y responder a criterios de proporcionalidad y necesidad.

La decisión que adopte el Tribunal Superior Electoral sobre esta solicitud cautelar podría tener un impacto significativo en el debate sobre los alcances de las facultades reglamentarias de la Junta Central Electoral y en la forma en que se regulan las encuestas de opinión pública dentro del sistema electoral dominicano.

Comentarios
Difundelo