Garantía de la imparcialidad de los magistrados de la CPI
Por Rommel Santos Diaz Según el artículo 41 del Estatuto de Roma, un magistrado no participará en ninguna causa en que, por cualquier motivo, pueda razonablemente ponerse en duda su imparcialidad, si hubiese intervenido anteriormente, en cualquier calidad, en una causa de la que la CPI estuviere conociendo, o en …
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