CIDH Insta a República Dominicana a restituir la nacionalidad a personas afectadas por sentencia 168-13
Santo Domingo, 30 de septiembre – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hizo un llamado al gobierno de República Dominicana para restituir la nacionalidad a las personas que entiende fueron despojadas de su condición de dominicanos por la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional, la cual cumple diez años de vigencia.
La CIDH ha recordado que esta sentencia resultó en la privación arbitraria de la nacionalidad dominicana a un número considerable de personas, dejando apátridas a aquellos que no eran considerados nacionales de ningún otro Estado.
En su comunicado, la CIDH insta al Estado dominicano a adoptar medidas efectivas para restituirles el derecho a la nacionalidad a las personas que aún persisten en esa condición.
Además, hace un llamado para que el Estado se abstenga de adoptar leyes, políticas públicas y medidas legislativas, administrativas o judiciales que generen riesgos de apatridia en el país.
La Comisión Interamericana dice que ha seguido de cerca la situación de las personas dominicanas de ascendencia haitiana en República Dominicana y ha saludado acciones informadas por el Estado Dominicano relacionadas con la adquisición de la nacionalidad y la migración en el marco de la Mesa de Trabajo sobre Implementación de Políticas Públicas de Derechos Humanos en 2019. No obstante, también observa que el Estado enfrenta desafíos pendientes para cumplir plenamente con estas medidas.
Según información proporcionada por el Estado a la CIDH, en aplicación de la Ley 169-14 se restituyó el estatus jurídico anterior a la sentencia TC/0168/13 y se ordenó expedirles sus documentos como dominicanos a 60,773 personas identificadas por la Junta Central Electoral (JCE).
Sin embargo, la CIDH argumenta que de ese número, solamente 26,123 personas acudieron a retirar sus documentos, mientras que las restantes 34,610 personas no se habían presentado a retirar dichos documentos.
Además, la CIDH identificó a 7,159 personas aprobadas a registrarse en el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros en Situación Migratoria Irregular (PNRE) para que, luego de dos años, soliciten la naturalización.
“El Estado de República Dominicana debe proporcionar apoyo a las personas apátridas, incluso mediante servicios jurídicos, administrativos, psicosociales, sanitarios y de otro tipo con el fin de regularizar su situación, así como para abordar los efectos y el impacto de la apatridia prolongada e intergeneracional”, apunta la declaración.
Dice que la revocación de la nacionalidad de personas nacidas en República Dominicana después de 1929, la mayoría de ascendencia haitiana, ha tenido graves consecuencias, como la apatridia intergeneracional en niños nacidos de padres en situación migratoria irregular y sin derecho a la nacionalidad dominicana.
Esta situación, dice el comunicado, ha llevado al abandono de la educación por parte de muchos niños, que ingresan al trabajo a una edad temprana. Además, las niñas se ven en riesgo de ser víctimas de abusos o trata de personas debido a la precaria situación económica en la que viven
Según la CIDH, Lla falta de documentos de identidad también ha dificultado la renovación de permisos de residencia y ha limitado el acceso al empleo formal, la inscripción en el registro civil de niños y el libre tránsito.
Indica que además de los aspectos legales, persisten expresiones de hostilidad contra quienes han criticado la sentencia TC/0168/13 y han defendido el derecho a la nacionalidad de personas dominicanas de ascendencia haitiana. Esto ha llevado al incremento del racismo y la xenofobia en la sociedad, de acuerdo al comunicado.
La CIDH hace hincapié en que los prejuicios raciales o étnicos, aunque no estén codificados en las leyes, pueden afectar gravemente el derecho a la nacionalidad. Además, el ciclo de exclusión y marginación causado por la apatridia impide que varias generaciones accedan plenamente a los derechos humanos.
La CIDH advierte que toda persona tiene derecho a la nacionalidad del Estado en cuyo territorio nació si no tiene derecho a otra, y el Estado también deben garantizar el derecho a la nacionalidad, cuando, de otro modo, la persona sería apátrida, en virtud de lo establecido en la Resolución No. 04/19 sobre los Principios Interamericanos.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha señalado que el principio de no discriminación determina que los Estados, al regular los mecanismos de otorgamiento de la nacionalidad, deben abstenerse de emitir regulaciones discriminatorias o que tengan efectos discriminatorios.
La CIDH hace un llamado a República Dominicana para adoptar medidas efectivas que permitan restituir el derecho a la nacionalidad de las personas afectadas por la sentencia TC/0168/13. Estas medidas deben incorporar enfoques diferenciados, interseccionales e interculturales de protección y eliminar barreras discriminatorias relacionadas con la adquisición y el ejercicio del derecho a la nacionalidad y la naturalización.
“El Estado de República Dominicana debe brindar apoyo a las personas apátridas, incluyendo servicios jurídicos, administrativos, psicosociales, sanitarios y otros, con el fin de regularizar su situación y abordar los efectos de la apatridia prolongada e intergeneracional”, reitera el organismo adscrito a la Organización de Estados Amerianos (OEA)
La CIDH reafirma su compromiso de promover y proteger los derechos humanos en la región y busca garantizar que todas las personas tengan acceso a sus derechos fundamentales, incluido el derecho a la nacionalidad.