Contrataciones Públicas advierte que modalidad de emergencia no exime del cumplimiento legal

Santo Domingo, 4 nov. – La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) advirtió este martes que los procesos de compra realizados bajo la modalidad de emergencia deben cumplir con los mismos requisitos legales que los procedimientos ordinarios, pese a la reducción de los plazos.

La institución dejó claro que la urgencia no debe interpretarse como una autorización para actuar al margen de la ley, en cumplimiento con lo establecido por la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones.

Carlos Pimentel, director general de la DGCP, sostuvo que la necesidad de actuar con rapidez en situaciones excepcionales no justifica el incumplimiento de los principios fundamentales del sistema de contrataciones públicas. “Actuar rápido no significa saltarse las reglas: significa aplicarlas correctamente para proteger el interés público”, afirmó el funcionario.

La aclaración se produce luego de la emisión del decreto 627-25, promulgado tras el paso de la tormenta tropical Melissa, mediante el cual se autorizó a las instituciones públicas a utilizar el procedimiento de excepción por emergencia con el fin de adquirir bienes, servicios y obras con mayor agilidad.

De acuerdo con la DGCP, un proceso de emergencia puede tomar entre 15 y 20 días desde la convocatoria hasta la adjudicación, y debe cumplir con todos los pasos formales que garantizan trazabilidad, competencia, transparencia, publicidad y control institucional.

Procedimiento establecido en situaciones de emergencia: el proceso se inicia con la declaración de emergencia mediante decreto presidencial. A partir de ese momento, las instituciones públicas deben elaborar el requerimiento de compras, verificar la disponibilidad presupuestaria, obtener la autorización de su Comité de Compras, y publicar el pliego de condiciones —que debe incluir especificaciones técnicas y criterios de evaluación— en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). Luego deben recibir y evaluar las ofertas técnicas y económicas, adjudicar la propuesta más conveniente, y finalmente firmar y registrar el contrato correspondiente en la Contraloría General de la República.

La DGCP precisó que, si bien los plazos para la presentación de ofertas pueden ser ajustados, estos deben permitir una participación adecuada y garantizar condiciones de competencia. La evaluación y adjudicación del proceso siguen siendo responsabilidad exclusiva de la entidad contratante.

La institución enfatizó que su objetivo es fortalecer la capacidad del Estado dominicano para gestionar recursos públicos con integridad, incluso bajo presiones derivadas de emergencias sanitarias, fenómenos naturales o situaciones que comprometan la seguridad y el bienestar de la ciudadanía.

“Cada proceso, sea ordinario o de emergencia, debe realizarse con integridad y en beneficio de la ciudadanía dominicana”, concluyó la Dirección General de Contrataciones Públicas.

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