El nivel crítico de la deuda pública dominicana
Juan Temístocles Montás
Entre 2010 y 2023 la deuda pública consolidada de República Dominicana pasó de 19 mil 705 a 70 mil 946 millones de dólares, para un crecimiento de 260%: En el período, el aumento de la deuda fue de 51 mil 241 millones. En porcentaje de PIB, según el FMI, la deuda pasó del 37.3% al 60%: un avance de casi 23 puntos porcentuales.
Visto esto, la pregunta que surge es cuál debe ser el nivel crítico de endeudamiento para un país como la República Dominicana, con una presión fiscal del 15.7% del Producto Interno Bruto (PIB). Un «nivel crítico de endeudamiento» es un umbral a partir del cual el nivel de deuda se vuelve insostenible o pone en riesgo la estabilidad fiscal y el crecimiento económico del país.
Existen múltiples estudios que muestran la existencia de un umbral por encima de cual los incrementos en la relación deuda/PIB afectan negativamente el crecimiento económico. Indican también que ese umbral depende de la estructura de la economía, ya que los países en desarrollo con economías basadas en productos básicos tenderán a alcanzar un umbral en un punto más bajo que las de los países como los de la OCDE con economías no basadas en productos básicos.
Lo señalado significa que las economías más ricas, solventes y creíbles tendrían más espacio fiscal para emitir nueva deuda, ya que sus bonos están mejor calificados por los inversores y, en consecuencia, se negocian a tasas de interés más bajas. Como estas economías pagan intereses más bajos por las nuevas emisiones de deuda, los efectos positivos sobre el crecimiento económico pueden perdurar en niveles más altos de la relación deuda/PIB, en comparación con las economías emergentes basadas en materias primas.
De acuerdo con el libro “Lidiar con la deuda: Menos riesgo para más crecimiento en América Latina y el Caribe”, publicado por el BID en 2023, un rango de 46%-55% del PIB es considerado un nivel prudente para los países latinoamericanos, tomando en cuenta que el rango variara´ en cada país dependiendo de sus características específicas. Se sostiene que un umbral de 42%-43% sería adecuado para países con economías diversificadas; mientras que sería algo más alto para los dependientes del turismo, y un nivel más bajo para los dependientes de las materias primas.
Esos datos coinciden con las recomendaciones de FMI que indican que los países en desarrollo suelen enfrentarse a mayores riesgos si su deuda excede del 40% al 50% del PIB en términos de deuda pública total. Este rango es un umbral general utilizado para países con una capacidad fiscal limitada, como es el caso de la República Dominicana. Sin embargo, el nivel específico de «deuda crítica» puede variar dependiendo de otros factores como la estructura de la deuda (internacional vs. interna), la moneda en la que está denominada, y las tasas de interés que debe pagar el país.
En el caso de República Dominicana, con una presión fiscal de 15.7% del PIB, es evidente que su capacidad para hacer frente a la deuda es limitada. Esto significa que el país debe ser especialmente cauteloso con el nivel de endeudamiento, ya que ese bajo nivel de recaudación limita la capacidad de cumplir con los pagos de la deuda sin incurrir en nuevas deudas, o ajustar la política fiscal, lo que podría afectar el crecimiento económico.
Otro factor importante es el crecimiento económico. Si la economía crece a un ritmo adecuado y ese ritmo supera lo que se paga por los intereses de la deuda, el país puede absorber más deuda sin que esta se convierta en una carga insostenible. Sin embargo, si el crecimiento es bajo y el pago de los intereses supera la tasa de crecimiento, entonces la capacidad de pagar la deuda se ve comprometida.
Téngase en cuenta que el pago de los intereses de la deuda consolidada fue 4.4% del PIB en 2023, año en el que el crecimiento económico del país fue 2.4%.
El hecho de que la deuda pública consolidada este en la cercanía del 60% del PIB debe invitar a las autoridades a la reflexión sobre el nivel crítico de esa variable tan fundamental de la política fiscal.