Eliminación de la Ley 10-15 deja sin efecto 111 artículos clave del Código Procesal Penal

Santo Domingo, 27 de diciembre. La reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que declara inconstitucional la Ley núm. 10-15, ha provocado un cambio sustancial en el marco jurídico dominicano, eliminando 111 de los 449 artículos del Código Procesal Penal (CPP).

Esta medida responde a irregularidades en el proceso legislativo de la ley y plantea un escenario complejo para el sistema judicial y los derechos de las víctimas en la República Dominicana.

La Ley 10-15, promulgada como una reforma a la Ley 76-02, que originalmente estableció el CPP en 2002, introdujo cambios esenciales para la investigación y persecución penal. Sin embargo, el Tribunal Constitucional, en su sentencia TC/0765/2024, declaró que la ley es inconstitucional debido a la violación de principios fundamentales en su aprobación, incluyendo el incumplimiento del procedimiento de bicameralidad.

Según el fallo, el Senado de la República aprobó de manera unilateral la legislación en 2014, excluyendo la participación de la Cámara de Diputados, lo que constituye una violación al artículo 76 de la Constitución. Además, se constató que no se respetó el quórum requerido ni la mayoría calificada de dos tercios de los votos en ambas cámaras legislativas, que es necesaria para la aprobación de leyes orgánicas.

La sentencia del TC establece que la Ley 10-15 perderá automáticamente su vigencia dentro de un plazo de un año desde la notificación del fallo, a menos que el Congreso Nacional corrija las irregularidades y apruebe una nueva ley. De no subsanarse, se restablecerá la aplicación de la Ley 76-02 en su forma original, dejando fuera las reformas introducidas por la Ley 10-15.

Este cambio regresivo tendría un impacto significativo en diversos aspectos del sistema penal dominicano, incluyendo los derechos de las víctimas, la investigación criminal y los procedimientos judiciales.

Impacto en los derechos de las víctimas

La eliminación de la Ley 10-15 implica una pérdida importante de derechos para las víctimas de crímenes y delitos. Entre los principales retrocesos se encuentran:

  • Representación legal: Las víctimas ya no tendrán derecho a ser representadas legalmente en los procesos penales, como lo garantizaba el artículo 27 de la Ley 10-15.
  • Participación activa: Perderán la prerrogativa de ser escuchadas antes de decisiones que impliquen la extinción o suspensión de la acción penal, aunque no lo soliciten.
  • Asistencia técnica: Las víctimas en situación de insolvencia económica dejarán de recibir asistencia técnica legal gratuita.
  • Derecho a querellarse: Se elimina la posibilidad de presentar actos conclusivos en casos de acción privada, incluso si el Ministerio Público decide archivar la causa.

Además, se suprime la facultad de solicitar la declaratoria en rebeldía y órdenes de arresto contra imputados que no comparezcan a citaciones, se fuguen o se oculten para evadir el proceso penal, conforme a lo establecido en el artículo 100 del CPP.

Repercusiones en la acción penal y los procedimientos judiciales

La eliminación de la Ley 10-15 también afecta disposiciones clave relacionadas con la acción penal y los procedimientos judiciales, incluyendo:

Acción privada y pública

El artículo 29, que regulaba la acción privada ejercida por las víctimas o sus representantes legales, quedará fuera del CPP. Esto significa que las víctimas tendrán menos capacidad de iniciar procesos judiciales de manera independiente al Ministerio Público.

Suspensión condicional y prescripción

La eliminación del artículo 42 restringe la posibilidad de revocar la suspensión condicional del procedimiento si el imputado incumple las condiciones impuestas o reincide en conductas delictivas. Asimismo, los artículos 47 y 48, que establecen las reglas para la interrupción y suspensión de la prescripción en casos específicos, también serán eliminados.

Imprescriptibilidad de delitos graves

El artículo 49, que declara imprescriptibles los crímenes de guerra, genocidio, agresión y crímenes contra la humanidad, será suprimido. Esto podría dificultar la persecución de estos delitos en el futuro, especialmente en el ámbito internacional.

Cooperación internacional y medidas de coerción

La eliminación del artículo 155 limitará la cooperación entre autoridades judiciales dominicanas y extranjeras en casos penales transnacionales. Por otro lado, el artículo 234, que regula la aplicación de la prisión preventiva, también será modificado, afectando la capacidad de las autoridades para garantizar la comparecencia de imputados en casos de alta peligrosidad.

Aspectos técnicos y operativos

La anulación de la Ley 10-15 también afecta aspectos técnicos y operativos del sistema judicial, como:

  • Duración de los procesos: El artículo 148, que fija un plazo máximo de cuatro años para los procesos penales, volverá a establecer un límite de tres años. Esto podría generar presión sobre el sistema judicial, reduciendo el tiempo disponible para investigaciones y juicios.
  • Interceptaciones telefónicas: La eliminación del artículo 192 reducirá las disposiciones específicas sobre interceptaciones telefónicas y otros métodos de vigilancia, lo que podría complicar investigaciones complejas.
  • Registros nocturnos: Los registros en lugares de acceso público durante la noche solo podrán realizarse con autorización judicial expresa, como lo estipulaba la disposición original del CPP.

Reacciones y próximos pasos

La sentencia del TC ha generado un intenso debate entre juristas, legisladores y organizaciones de la sociedad civil. Mientras algunos consideran que la anulación de la Ley 10-15 es una oportunidad para corregir errores legislativos y fortalecer el sistema penal, otros advierten que este cambio representa un grave retroceso en términos de derechos y garantías procesales.

El Congreso Nacional tiene un plazo de un año para subsanar las irregularidades señaladas por el TC y aprobar una nueva ley que incorpore las reformas necesarias. Este proceso legislativo será clave para determinar el futuro del sistema penal dominicano.

Con datos de El Caribe

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