Gobierno implementa horarios escalonados en instituciones públicas del Gran Santo Domingo a partir del 1 de julio
Santo Domingo, 18 de junio. – A partir del próximo lunes 1 de julio, las instituciones públicas ubicadas en el Gran Santo Domingo deberán operar con nuevos horarios escalonados para sus empleados, según una disposición oficial del Gobierno que busca mejorar el tránsito vehicular en esta congestionada zona metropolitana.
La medida, emitida por el Ministerio de Administración Pública (MAP) mediante la disposición número 008962, establece una reorganización del horario laboral para los servidores públicos, dividiéndolos en dos grupos principales: el Grupo A y el Grupo B.
El Grupo A deberá iniciar sus labores a las 7:00 de la mañana y concluir su jornada a las 3:00 de la tarde. En tanto, el Grupo B trabajará desde las 7:30 de la mañana hasta las 3:30 de la tarde.
Según el documento oficial, las instituciones públicas deberán distribuir a su personal conforme a estos nuevos esquemas de la siguiente manera: un 70 % del total de empleados deberá acogerse a uno de los dos horarios escalonados. El 30 % restante podrá permanecer en su horario habitual o seguir el horario que disponga la institución correspondiente.
Además, la medida contempla un régimen especial para aquellas instituciones que reciben más de 2,000 visitas mensuales en atención al ciudadano. En estos casos, será obligatorio implementar dos turnos de atención: el primero desde las 7:00 a.m. hasta las 2:00 p.m., y el segundo desde las 2:00 p.m. hasta las 9:00 p.m.
Esta disposición forma parte de una serie de iniciativas anunciadas por el Gobierno para descongestionar el tránsito en el Gran Santo Domingo, donde el flujo vehicular representa un desafío diario para residentes y visitantes. El escalonamiento de horarios busca reducir el volumen de vehículos circulando simultáneamente durante las horas pico, permitiendo así una mejor distribución del tráfico.
Con esta medida, las autoridades esperan no solo mejorar la circulación, sino también elevar la eficiencia en la prestación de servicios públicos al ampliar el rango horario de atención en aquellas entidades con alta demanda de usuarios.
El MAP notificará a cada institución sobre la implementación específica de esta disposición, mientras se supervisará el cumplimiento y los ajustes necesarios para asegurar que se logren los objetivos planteados.