Ministerio Público solicita hasta 10 años de prisión para acusados de borrar antecedentes penales a cambio de sobornos

Santo Domingo, 26 de agosto de 2025.– El Ministerio Público solicitó este lunes penas de hasta diez años de prisión contra los acusados de integrar una supuesta red criminal que, según la acusación, se dedicaba a borrar y alterar registros de antecedentes penales de personas condenadas por diversos delitos, a cambio de sobornos.

La estructura fue desmantelada mediante la denominada Operación Gavilán, y el caso se encuentra bajo conocimiento del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que se reservó el fallo para este jueves 28 de agosto a las 9:00 de la mañana.

La solicitud de condenas fue presentada por los fiscales Andrés Mena, Eduardo Velázquez y Miguel Crucey, quienes actúan en representación de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público.

Durante el juicio, los representantes del órgano acusador expusieron que los imputados alteraron registros penales de personas vinculadas a delitos graves, incluyendo sicariato, narcotráfico, violaciones sexuales, violencia de género, secuestro y adulteración de bebidas alcohólicas. En algunos casos, los antecedentes eliminados correspondían a condenas de hasta 30 años de prisión.

De acuerdo con los fiscales, los presuntos integrantes de la red también habrían realizado movimientos financieros sospechosos a través de familiares y allegados, utilizando esos fondos para adquirir bienes y servicios de forma irregular. El Ministerio Público aseguró que cuenta con evidencia digital, testimonios, documentos, material audiovisual y pericial que respaldan la acusación y demuestran, a su juicio, la responsabilidad penal de los implicados.

Las autoridades solicitaron específicamente que los acusados Pilar Yrenes Medina Trinidad de Dotel, Dilcia Argentina Núñez Santos, José Ramón Quezada Carmona, Víctor Gilberto Mercedes Gómez, Yokaira Elizabeth Carmona, Romanqui Alexander Dotel Medina y Luis Peña Cedeño sean condenados a diez años de prisión y al pago de multas equivalentes a cien salarios mínimos del sector público. Además, se pidió que Peña Cedeño sea inhabilitado por cinco años para ejercer funciones públicas.

En cuanto al acusado Mártires Rosario Reyes, el Ministerio Público solicitó una condena de siete años, con tres años y seis meses de prisión domiciliaria y el resto suspendido, bajo condiciones establecidas en el artículo 41 del Código Procesal Penal (CPP). También se solicitó una multa de cinco salarios mínimos del sector público.

Para Alfredo Mirambeaux, el órgano persecutor pidió ocho años de prisión, seis de ellos en prisión domiciliaria y dos suspendidos, bajo las mismas disposiciones legales. A este se le suma una multa de cinco salarios mínimos. En el caso de Rubén Darío Morbán, la solicitud fue de seis años de prisión, divididos en tres de prisión domiciliaria y tres suspendidos, además de multa similar.

Domingo Julio Santana enfrenta una solicitud de cinco años de prisión, con igual división entre arresto domiciliario y suspensión condicional. Luis Alfredo Astacio Polanco fue otro de los acusados para quienes el Ministerio Público pidió una pena de seis años, divididos entre prisión domiciliaria y suspensión condicional, con multa de cinco salarios mínimos. En todos estos casos, los imputados habrían llegado a acuerdos con el Ministerio Público y admitido su participación en los hechos durante el proceso judicial.

El Ministerio Público también solicitó la disolución definitiva de la empresa Nexcon Tecnology, que figura en el expediente como presunto vehículo para el lavado de activos, y que fue constituida conforme a las leyes dominicanas. Esta solicitud se basa en la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Asimismo, se requirió el decomiso de todas las evidencias materiales obtenidas durante la investigación, por haber sido instrumentos, efectos o productos del delito, de acuerdo con la legislación penal y procesal vigente.

En lo relativo a las acusadas Jancely Estala Arias López, Ashley Darleni Morbán Reyes y Laudelina Esther Reyes Silva, el Ministerio Público solicitó la aplicación de un criterio de oportunidad, conforme al artículo 370, numeral 6 del Código Procesal Penal, en razón de que el proceso se enmarca dentro de una causa de tramitación compleja relacionada con criminalidad organizada.

Los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado, compuesto por Keyla Pérez Santana, Elías Santini y Arisleyda Santana, se pronunciaron en favor de analizar todas las solicitudes y reservaron su decisión para el jueves 28 de agosto.

En cuanto a los cargos formulados, el Ministerio Público solicitó que los acusados sean declarados culpables de violar múltiples disposiciones del Código Penal Dominicano, incluyendo los artículos 123, 124, 125, 166, 167, 174, 175, 177, 265 y 266. También se les atribuyen infracciones a los artículos 3 y 9 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos, así como los artículos 5 al 17 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología. Igualmente, se alegan violaciones a los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 sobre control de armas, y a la Ley 448-06 sobre soborno en el comercio y la inversión.

Finalmente, la empresa Nexcon Tecnology también enfrenta cargos por violaciones a la Ley 155-17 en perjuicio del Estado dominicano, en un proceso que el Ministerio Público considera emblemático en la lucha contra la corrupción institucional y el crimen organizado.

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