Prohibiciones de giros a la izquierda en el DN carecen de respaldo legal del Concejo de Regidores

Santo Domingo, 1 de agosto de 2025 – Las recientes prohibiciones de giros a la izquierda en diversas intersecciones del Distrito Nacional, ejecutadas por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) y la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett), como parte del plan «RD se mueve», carecen actualmente de sustento legal por parte del Concejo de Regidores, órgano competente para normar el tránsito en la ciudad.

A pesar de que el Gobierno presentó el programa «RD se mueve» como una solución integral a los problemas de movilidad urbana en la capital, estas medidas no han sido aprobadas como ordenanza, resolución ni reglamento municipal.

Tampoco figuran entre los proyectos en discusión del Ayuntamiento del Distrito Nacional, según consta en su portal web oficial.

De acuerdo con la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, corresponde exclusivamente al ayuntamiento el ordenamiento del tránsito en las vías urbanas. Por lo tanto, sin una ordenanza municipal que respalde las restricciones de circulación aplicadas, estas acciones se encuentran en una posición jurídica vulnerable, y podrían ser anuladas por los tribunales si fueran impugnadas.

Incluso si estas restricciones se consideran como parte de un plan piloto, su implementación legal requiere la aprobación previa del Concejo de Regidores. En ausencia de dicho respaldo, cualquier ciudadano o entidad afectada podría interponer una acción legal alegando falta de competencia, apoyándose en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

Jurisprudencia refuerza rol normativo de los ayuntamientos

La sentencia TC/0097/22 del Tribunal Constitucional, emitida en abril de 2022, establece que los ayuntamientos poseen potestad normativa sobre el tránsito en sus respectivas jurisdicciones, sin necesidad de autorización previa por parte de organismos del Gobierno central.

El fallo resolvió una disputa entre la entonces Oficina Técnica de Transporte Terrestre (OTTT) y el Concejo de Regidores de San Pedro de Macorís, validando la autoridad del cabildo para organizar el tránsito interno de su municipio.

El Tribunal reconoció que, si bien el Intrant tiene funciones de planificación a nivel nacional conforme a la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, sus decisiones deben ser coordinadas con las autoridades municipales, sin suplantar su autoridad normativa.

Esto implica que el Intrant no puede imponer medidas que afecten el tránsito local sin el aval expreso del gobierno municipal correspondiente.

Restricciones implementadas sin ordenanza municipal

Desde el lanzamiento del plan «RD se mueve», el Intrant ha ejecutado una serie de modificaciones en el flujo vehicular del Distrito Nacional, especialmente con la eliminación de giros a la izquierda en importantes avenidas como Tiradentes y Lope de Vega. A pesar de su impacto visible en la circulación, estas decisiones aún no han sido institucionalizadas mediante una ordenanza municipal.

Como parte del plan, ya han sido restringidos los giros a la izquierda en las siguientes intersecciones de la avenida Tiradentes: Salvador Sturla, Carlos Sánchez, Rafael Augusto Sánchez, avenida Roberto Pastoriza y calle Frank Félix Miranda.

En la avenida Lope de Vega, se prohibió el giro a la izquierda en las intersecciones con las calles Padre Fantino Falcó, Gustavo Mejía Ricart y Max Henríquez Ureña.

Para el primer fin de semana de agosto, el Intrant anunció nuevas restricciones en cinco intersecciones clave del Distrito Nacional, que incluyen:

  • Avenida Abraham Lincoln con calle Víctor Garrido Puello
  • Avenida Abraham Lincoln con calle Andrés Julio Aybar
  • Avenida Máximo Gómez con avenida Pedro Livio Cedeño
  • Avenida Winston Churchill con calle José Amado Soler
  • Avenida Winston Churchill con avenida Roberto Pastoriza

Aunque estas acciones responden a una estrategia nacional de reordenamiento vial, su ejecución directa sin aprobación del Concejo de Regidores vulnera los principios legales que rigen la competencia normativa de los ayuntamientos.

Consecuencias legales y necesidad de validación institucional

Expertos en derecho administrativo advierten que la falta de respaldo del Concejo convierte estas medidas en susceptibles de ser impugnadas mediante acciones de nulidad o recursos contenciosos administrativos.

En efecto, un fallo judicial adverso podría obligar a las autoridades a revertir los cambios realizados y abstenerse de futuras intervenciones sin la debida autorización municipal.

En consecuencia, la continuidad del plan «RD se mueve» en el Distrito Nacional dependerá de que las disposiciones adoptadas por el Intrant sean discutidas y validadas por el órgano legislativo local.

Hasta tanto esto ocurra, las restricciones de tránsito recientemente impuestas operan sin el marco legal requerido, exponiendo al Gobierno central a cuestionamientos jurídicos y políticos.

Por el momento, ni el Intrant ni el Ayuntamiento del Distrito Nacional han informado públicamente sobre gestiones en curso para formalizar las medidas adoptadas.

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