Promulgación de Abinader elimina candidaturas independientes pese a fallo del Tribunal Constitucional

Santo Domingo, República Dominicana, 1 abril. — Una decisión legislativa reciente ha reavivado el debate sobre la participación política en el país, luego de que se dejara sin efecto el mecanismo de candidaturas independientes, pese a un fallo previo del Tribunal Constitucional (TC) que cuestionaba las limitaciones existentes.

En diciembre de 2024, el Tribunal Constitucional emitió la sentencia TC/0788/2024, mediante la cual declaró inconstitucionales varios artículos de la Ley 20-23 del Régimen Electoral, al considerar que restringían el derecho de los ciudadanos a participar en procesos electorales.

El dictamen se centró específicamente en el mecanismo de implementación de las candidaturas independientes. Según el marco legal vigente en ese momento, cualquier aspirante debía ser postulado obligatoriamente por un partido político para poder competir en una contienda electoral.

Tras su análisis, el órgano constitucional concluyó que dicha exigencia contravenía principios fundamentales de la Constitución, al limitar el ejercicio pleno de los derechos políticos.

En consecuencia, el TC sugirió al Poder Legislativo la elaboración de un nuevo texto que eliminara la obligatoriedad de pertenecer a una organización política, proponiendo en su lugar la figura de agrupaciones cívicas como vía para sustentar las candidaturas independientes.

No obstante, tanto el Congreso Nacional como el presidente Luis Abinader optaron por un camino distinto. En lugar de acoger la recomendación del alto tribunal, decidieron eliminar por completo este mecanismo de participación del régimen electoral.

La medida se concretó el pasado 26 de marzo, cuando el mandatario promulgó la ley impulsada por el senador Rogelio Genao, mediante la cual se derogan los artículos 156, 157 y 158 de la Ley 20-23, disposiciones que regulaban las candidaturas independientes.

La nueva legislación establece que las postulaciones a cargos de elección popular quedan reservadas exclusivamente a partidos, agrupaciones y movimientos políticos, conforme a lo dispuesto en la Constitución vigente.

“Que los partidos, agrupaciones y movimientos políticos constituyen las modalidades exclusivas de la participación política, entendida como el proceso hacia la elección de las autoridades electivas en las distintas instancias y ramas del gobierno”, señala el texto legal.

El senador Genao defendió la intervención del Congreso Nacional al considerar que la eliminación de las candidaturas independientes era necesaria para evitar “dificultades y contrariedades al sistema político dominicano”, el cual —según explicó— se sustenta en los partidos como eje central de los procesos de participación, suplencia y vacancia.

Tanto el legislador como las comisiones encargadas del estudio de la pieza coincidieron en que las candidaturas deben permanecer bajo la estructura de partidos, agrupaciones y movimientos políticos.

“La presentación de candidaturas a cargos electivos a nivel de los gobiernos locales está reservada explícitamente a los partidos políticos o agrupaciones políticas”, establece uno de los considerandos del documento.

Asimismo, el congresista argumentó que la implementación de candidaturas independientes requeriría necesariamente una reforma constitucional.

“Solo puede producirse como resultado de una reforma constitucional; de lo contrario, sería crear un sistema de presentación de candidaturas a cargos de elección popular paralelo al que por disposición expresa del constituyente se ha establecido”, concluye el texto legislativo.

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