Superintendencia de Seguros actualiza montos del seguro obligatorio: nuevas tarifas y mayores coberturas entran en vigor el 1 de julio

Santo Domingo, 25 de junio de 2025. – La Superintendencia de Seguros de la República Dominicana anunció una reforma integral al esquema del seguro obligatorio de vehículos de motor, mediante la resolución número 5/2025, que entrará en vigor el próximo 1 de julio.

Esta medida, de aplicación general, contempla un incremento sustancial en los límites mínimos de cobertura por responsabilidad civil, con el objetivo de adecuarlos a la realidad actual y mejorar la protección de las personas afectadas por accidentes de tránsito.

Con esta disposición, los límites mínimos por daños a terceros —que no se modificaban desde hace 21 años— pasarán de los RD$100,000 y RD$200,000 actuales, a nuevos montos que oscilan entre RD$500,000 y RD$2 millones, dependiendo del tipo de vehículo y las circunstancias del accidente.

Este ajuste, además de implicar una mejora en las coberturas, conllevará también un aumento en las primas o tarifas que deberán pagar los propietarios de vehículos al contratar sus pólizas.

La resolución fue aprobada en coordinación con la Junta Consultiva de Seguros (Jucose) y con la Cámara Dominicana de Aseguradores y Reaseguradores (Cadoar). No obstante, esta última no ha emitido declaraciones debido a la ausencia de su presidente del país.

Nuevas tarifas y límites de cobertura

A partir del 1 de julio, las pólizas de seguros obligatorios para vehículos con capacidad de hasta nueve pasajeros, como automóviles y estaciones privadas de hasta cuatro cilindros, tendrán límites de cobertura de RD$500,000 por daños a la propiedad ajena, RD$500,000 por lesiones o muerte a una persona, y RD$1 millón por lesiones o muerte a más de una persona. Esta categoría incluye también jeepetas y vans públicas y privadas con capacidad de hasta cinco pasajeros.

Los vehículos de mayor capacidad, como autobuses públicos, privados y turísticos con más de diez pasajeros, tendrán límites mínimos de cobertura aún mayores: entre RD$1 millón y RD$2 millones, dependiendo de los daños ocasionados. En este caso, también se aplicarán nuevas primas base, adaptadas al riesgo y tipo de servicio.

Las camionetas y furgonetas, utilizadas tanto para transporte personal como de carga, tendrán límites similares a los vehículos de pasajeros (RD$500,000 – RD$1 millón), pero con una prima base establecida en RD$3,776.

Por su parte, las motocicletas también verán un incremento en sus tarifas. Aquellas de hasta 135 cc deberán contratar seguros con coberturas mínimas de RD$200,000 por propiedad y por persona, y RD$400,000 por múltiples víctimas, con una prima base de RD$1,337. Esto representa un aumento considerable, dado que hasta ahora las tarifas para motocicletas oscilaban entre RD$400 y RD$900.

Cobertura extendida y nuevos tipos de vehículos

La resolución también amplía el alcance del seguro obligatorio a vehículos no convencionales y de nueva tecnología, como automóviles eléctricos, bicicletas eléctricas, patinetas eléctricas, buggies y cuatrimotos. Igualmente, incluye cobertura para carros fúnebres, ambulancias y grúas móviles.

Otro aspecto relevante es la inclusión explícita de los pasajeros transportados en el vehículo asegurado, siempre que este esté legalmente autorizado para tal uso. De esta manera, se busca garantizar una protección más amplia y coherente con las condiciones actuales del tránsito.

Asimismo, se establecen tarifas y recargos diferenciados por potencia y uso del vehículo. Este mecanismo implica aplicar primero el recargo por potencia sobre la prima base y, sobre ese resultado, un segundo recargo por el tipo de uso (comercial, privado, etc.). También se estipula que los vehículos remolcados deberán tener cobertura adicional y estarán sujetos a nuevas tarifas.

Implicaciones legales y advertencias a aseguradoras

La resolución 5/2025 tiene carácter obligatorio tanto para aseguradoras y reaseguradoras como para personas físicas y entidades del Estado, incluyendo instituciones autónomas y descentralizadas.

La Superintendencia de Seguros advierte que las compañías que emitan pólizas con coberturas inferiores a las establecidas en esta normativa o que no cobren las primas actualizadas, serán objeto de sanciones económicas.

El artículo 6 de la resolución aclara que a las tarifas de primas base y a las resultantes de los recargos solo se les podrá adicionar el impuesto correspondiente, excluyendo cualquier otro tipo de cargo adicional no contemplado en la norma.

Una medida para modernizar y proteger

De acuerdo con la Superintendencia, esta actualización busca modernizar el sistema de seguros obligatorios del país, adaptándolo a los costos reales de los daños provocados en accidentes y protegiendo adecuadamente tanto a las víctimas como a los propietarios de vehículos.

“La misión del Estado es garantizar que todas las personas que circulan en la vía pública estén adecuadamente amparadas bajo la sombrilla de un seguro. Esta reforma evita que víctimas de siniestros queden desprotegidas, sin posibilidad de recibir compensación”, destacó el organismo en el comunicado oficial.

La anterior resolución databa del 26 de diciembre de 2002, y desde entonces no se habían actualizado los montos de cobertura ni las primas mínimas exigidas. Esta situación generaba una brecha entre la realidad de los costos actuales y los montos que ofrecían las pólizas, dejando a muchas personas en situación de vulnerabilidad económica tras un accidente.

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