Tribunal rechaza motivación política en fallo contra Alexis Medina y descarga a 13 imputados en caso Antipulpo

SANTO DOMINGO, 14 agosto. — En una audiencia extendida hasta la madrugada de este jueves, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional descartó de forma categórica que el fallo emitido en el denominado caso “Antipulpo”, que involucra a Alexis Medina Sánchez, su hermana Carmen Magalys Medina y otros 19 imputados, haya estado motivado por intereses políticos, como han sostenido algunos de los procesados a lo largo del proceso judicial.

Durante la lectura del dispositivo de la sentencia, la jueza Yisell Soto Peña, integrante del tribunal junto a las magistradas Claribel Nivar Arias (presidenta) y Clara Sobeida Castillo, declaró que el tribunal actuó con independencia y bajo estricto apego a la Constitución y las leyes de la República Dominicana.

“La justicia no se arrodilla ante la política”, afirmó la magistrada, dejando claro que las decisiones del tribunal fueron tomadas tras una evaluación rigurosa de las pruebas presentadas por las partes involucradas.

Sentencia diferenciada para los imputados

De los 21 encartados en el proceso, acusados por el Ministerio Público de integrar una supuesta red de corrupción que defraudó al Estado dominicano por más de cinco mil millones de pesos, 13 fueron descargados por insuficiencia de pruebas o falta de responsabilidad penal comprobada.

Entre los absueltos figuran la exfuncionaria Carmen Magalys Medina Sánchez, hermana del expresidente Danilo Medina, y el exdirector del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER), Fernando Rosa. Contra ambos se solicitaba una condena de 10 años de prisión.

También fue descargado el exministro de Salud Pública, Lorenzo Wilfredo (Freddy) Hidalgo Núñez, quien estaba acusado de beneficiar a empresas vinculadas a Alexis Medina mediante procesos irregulares de compra de medicamentos. Las juezas determinaron que los elementos probatorios presentados no permitían establecer responsabilidad penal directa en su contra.

En contraste, el principal imputado, Alexis Medina Sánchez, fue declarado culpable de soborno, lavado de activos y asociación de malhechores, y condenado a siete años de reclusión en la penitenciaría de Najayo-Hombres.

Además, deberá pagar una multa equivalente a 150 salarios mínimos y asumir, junto a otros condenados, el pago solidario de 500 millones de pesos al Estado como indemnización.

El Ministerio Público había solicitado una pena más severa: 20 años de prisión para Alexis Medina y 40 años en total para otros implicados, pero el tribunal impuso sanciones más moderadas tras valorar individualmente la responsabilidad de cada acusado.

Tribunal justifica retraso en lectura del fallo

La audiencia, que estaba pautada para las 2:00 de la tarde del miércoles, inició con más de diez horas de retraso, generando inquietud y cuestionamientos. Ante esta situación, la presidenta del tribunal, Claribel Nivar Arias, ofreció una explicación detallada y pidió disculpas al público presente, a los abogados y a los medios de comunicación.

“Este ha sido un proceso de una complejidad extraordinaria. Hemos trabajado de forma ininterrumpida, incluso de madrugada, desde que nos retiramos a deliberar. El retraso obedeció a la minuciosa revisión de un expediente que contenía más de tres mil pruebas documentales y digitales”, expresó Nivar Arias.

La magistrada señaló que la etapa de deliberación exigía una “distancia colegial”, una figura legal que requiere que los jueces analicen con profundidad todos los elementos y actuaciones del juicio antes de emitir una sentencia.

Carga probatoria masiva y falta de depuración

Uno de los puntos más críticos destacados por el tribunal fue la forma en que las pruebas fueron entregadas tanto por el Ministerio Público como por las defensas técnicas.

La magistrada Nivar Arias describió como “contenedores de información sin filtrar” los paquetes de pruebas recibidos, lo que, a su juicio, obligó al tribunal a realizar un trabajo de depuración que no le correspondía.

“El Ministerio Público presentó 1,977 pruebas, la parte querellante 100, y las defensas 1,020, para un total de 3,397. Muchas de estas pruebas no estaban claramente vinculadas al objeto del proceso.

La defensa señalaba que había elementos irrelevantes, pero no especificaba cuáles. Eso nos obligó a examinar una por una, sin guía, cada evidencia presentada”, indicó.

La jueza citó como ejemplo la prueba número 1,828, que contenía más de 23,000 cheques comprimidos digitalmente. También se encontraron documentos que, aunque ingresaban como una sola prueba, contenían hasta 70 hechos diferentes que el tribunal tuvo que analizar por separado. Este volumen de información, dijo, implicó un esfuerzo judicial sin precedentes.

Rechazo a las denuncias de “persecución política”

Durante el proceso, tanto Alexis Medina como otros imputados —y figuras políticas vinculadas al caso— insistieron en que los sometimientos eran motivados políticamente y que formaban parte de una persecución contra el entorno del expresidente Danilo Medina. Incluso este último declaró públicamente que sus hermanos eran “presos políticos”.

Ante esta narrativa, la jueza Soto Peña afirmó que el tribunal no actúa bajo presiones ni responde a agendas externas. “Nuestro único instrumento es la ley y nuestra guía, la Constitución. Las decisiones adoptadas responden a la valoración objetiva de las pruebas, no a intereses particulares ni políticos”, enfatizó.

Próximos pasos y apelaciones

La lectura íntegra de la sentencia está programada para el 25 de septiembre, fecha en la que se darán a conocer en detalle las motivaciones jurídicas que sustentan las decisiones del tribunal.

De acuerdo con abogados penalistas consultados, es probable que tanto el Ministerio Público como algunas defensas apelen la decisión. En el caso de Alexis Medina, se ha adelantado que su equipo legal considera que varios de los tipos penales por los cuales fue condenado podrían ser rebatidos en segunda instancia, al no ser funcionario público al momento de cometer los hechos imputados.

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