Prueba versus sentimiento

Carmen Imbert Brugal

En aquel tiempo, la íntima convicción propiciaba el tránsito por caminos aviesos, hasta obtener una sentencia. De la reciedumbre de las personas que integraban el poder judicial dependía la claudicación o la resistencia.

Ofertas miserables, extorsión, promesas para la permanencia en la función, amenazaban el tortuoso decurso del proceso penal, siempre rodeado de cardos y espinas, con o sin respaldo de los infames gestores de la ética ajena, no de la propia.

Sin redes sociales el patíbulo estaba presto. La horca era presidida por la difamación y la injuria para convertir sentencias en papel inservible. Muchas decisiones dependían de la influencia política y de la intromisión vicaria de los grupos corporativos.

La rutina del servidor judicial era casi monástica a pesar de los intentos para perturbarla. Hasta los más débiles, expuestos a la prevaricación, paseaban silentes por los pasillos judiciales y su vida privada era inexpugnable, aunque la maledicencia se encargaba de detectar debilidades para vociferarlas en la plaza y reproducirlas como rumor de estrado.

La creación de la Escuela Nacional de la Judicatura y de la Carrera Judicial prohijó la renovación del poder judicial. Sombras y luces determinaron la transformación. Hubo un menjurje entre probidad y escaso talento, entre experiencia y osadía jurídica con resultados oprobiosos.

El control de poderosas oficinas continuó incidiendo en las distintas jurisdicciones y asomaba la injerencia de los apóstoles de la ética. Iniciaron la cruzada desprestigiando el sistema, publicaban los requisitos idóneos para sus jueces. La cruzada fue exitosa, consiguieron que sus alfiles ocuparan lugares estratégicos en el poder judicial y en el ministerio público.

La promulgación del Código Procesal Penal– CPP- Ley 76-02- auguraba una nueva era, empero, el populismo punitivo venció la norma. La presunción de culpabilidad se ha impuesto con respaldo colectivo y convicción de las elites que manejan los hilos mediáticos del proceso. La mortificación judicial prevalece y los jueces tienen que hacer cabriolas para ratificar su condición de terceros imparciales y resistir la andanada constante de la opinión pública. Los críticos de la sentencia del Segundo Tribunal Colegiado del DN, cuya motivación será conocida el 25 de septiembre, comenzaron a descalificar el contenido, resultado de un trabajo exhaustivo, antes de concluir la lectura.

El caso, de dimensiones extraordinarias, comenzó recién inaugurado el Cambio, para confirmar la independencia de la Procuraduría General. La acusación puede resumirse en un efectivo “entramado de corrupción” que incluye más de 10 tipos penales. Involucra 21 personas, 19 empresas y 2 mil pruebas presentadas por las partes. Presidía el “entramado” un hermano del expresidente ( 2012-2020) condenado y una hermana descargada.

Es recomendable la lectura de la sentencia antes de continuar la descalificación. El ejercicio permite más satisfacciones que agravios y posibilita entender hasta dónde llega el abuso de poder y el desprecio de la presunción de inocencia, cuando la plaza dicta. Deshonrar al tribunal demuestra desconocimiento y pasión. El CPP exige la valoración de las pruebas, sin miedo. Es la técnica jurídica que impera. La íntima convicción es asunto del pasado, coto para los sentimientos.

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