Abinader extiende vigencia de licencias de conducir para mayores de 65 años mediante nuevo decreto
Santo Domingo, 16 mayo. – El presidente Luis Abinader dispuso mediante decreto una modificación al Reglamento de Licencias de Conducir que permitirá ampliar el período de vigencia de las licencias para personas mayores de 65 años, eliminando así la obligación de renovación cada dos años que existía hasta ahora para ese segmento de la población.
La medida está contenida en el Decreto 330-26, emitido este viernes por el Poder Ejecutivo, mediante el cual se modifica el artículo 21 del Reglamento de Licencias de Conducir con el propósito de actualizar los períodos de vigencia de las licencias y fortalecer la seguridad vial en el país.
La disposición establece que las licencias correspondientes a las categorías 01, 02 y 05 tendrán una vigencia de cuatro años hasta que el conductor cumpla los 75 años de edad. A partir de esa edad, las renovaciones deberán realizarse cada dos años.
En el caso de las categorías 03 y 04, el decreto dispone que las licencias tendrán una vigencia de tres años hasta los 75 años y posteriormente deberán renovarse anualmente.
La normativa también contempla que los períodos de vigencia podrán ser reducidos cuando durante el proceso de emisión o renovación se detecte que el conductor presenta alguna condición médica o enfermedad susceptible de agravarse y que pueda afectar la conducción segura de vehículos de motor.
El decreto se fundamenta en la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, considerada el principal marco regulatorio del sistema de tránsito y movilidad en República Dominicana.
El Gobierno explicó que la modificación busca adecuar las disposiciones vigentes a criterios de seguridad vial y eficiencia administrativa, manteniendo los controles médicos y evaluaciones periódicas establecidos en el reglamento.
En ese sentido, se mantendrán las evaluaciones físicas, mentales y de aptitud requeridas para verificar que los conductores conserven las condiciones necesarias para conducir de manera segura.
La disposición presidencial también reafirma que ningún conductor podrá transitar con una licencia vencida. En caso de incumplimiento, las autoridades competentes remitirán los casos al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), conforme a lo establecido en la Ley 63-17.
Asimismo, el decreto instruye al Intrant a adoptar todas las medidas administrativas necesarias para garantizar la correcta implementación de la nueva reglamentación sobre licencias de conducir.
