Aprobado por Diputados el proyecto de creación y regulación de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI)

Santo Domingo, 30 de diciembre – La Cámara de Diputados aprobó, en segunda lectura, un proyecto de ley que regula la creación de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI). Esta iniciativa, consensuada entre todas las bancadas del órgano legislativo, ha sido el resultado de la fusión de tres propuestas de ley, dos de las cuales fueron presentadas por diputados y otra por un senador.

A pesar de las modificaciones propuestas por algunos diputados de la oposición, la pieza fue finalmente consensuada y aprobada casi por unanimidad.

El objetivo principal del proyecto es la creación de la Dirección Nacional de Inteligencia como un órgano centralizado del Estado. Su función principal será proteger la seguridad nacional y regular todo lo concerniente al Sistema Nacional de Inteligencia.

La DNI se define como el conjunto de relaciones funcionales entre los organismos de inteligencia del Estado dominicano, coordinados por la propia Dirección, con el propósito de proveer información estratégica para la seguridad nacional. Esta entidad estará bajo la dependencia del presidente de la República, quien designará a su director.

Entre las atribuciones establecidas en el proyecto se destaca la investigación de actividades que atenten contra los intereses nacionales, las instituciones del Estado o que subviertan el estado de derecho, así como aquellas que representen riesgos para la seguridad nacional.

Además, se le otorga la facultad de recopilar y procesar información relevante para la seguridad nacional, evaluando amenazas tanto internas como externas, y contrarrestar actividades a nivel nacional que puedan representar riesgos o amenazas para la seguridad.

El proyecto también dispone la posibilidad de cooperar con el Ministerio Público en asuntos de crimen organizado y corrupción administrativa, siempre que la Dirección de Inteligencia lo considere necesario y disponga de apoyo tecnológico y técnico.

Asimismo, la DNI podrá realizar actividades encubiertas y acceder a bases de datos de entidades públicas y privadas, enmarcadas en el cumplimiento de sus funciones.

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