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CMD recurrirá al Tribunal Constitucional contra artículos del nuevo Código Penal que considera violatorios de la Constitución

Santo Domingo, 20 junio.– El Colegio Médico Dominicano (CMD) anunció que el próximo martes presentará una acción directa de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra varios artículos de la Ley 74-25, que instituye el nuevo Código Penal de la República Dominicana, al considerar que algunas de sus disposiciones vulneran principios y garantías establecidos en la Constitución.

La información fue ofrecida por el presidente del gremio, doctor Luis Alberto Peña Núñez, durante un encuentro celebrado en la sede del CMD para analizar el alcance de las nuevas disposiciones legales y su impacto en el ejercicio de la medicina.

Peña Núñez explicó que la entidad ha estado evaluando detenidamente los aspectos de la nueva legislación que afectan el desempeño profesional de los médicos y que, tras identificar las disposiciones que entienden contrarias al orden constitucional, procederán a impugnarlas formalmente ante la alta corte.

“Desde hoy invitamos a los medios de comunicación a acompañarnos este martes, cuando el Colegio Médico Dominicano, de manera responsable y precisa, interpondrá una acción directa de inconstitucionalidad contra algunos artículos de este nuevo Código Penal, debido a que representan riesgos constitucionales y contradicen disposiciones de nuestra Carta Magna”, expresó el dirigente gremial.

El presidente del CMD sostuvo que la defensa de los derechos y garantías de los profesionales de la salud ha sido una lucha constante de la institución durante distintas administraciones y aseguró que la actual gestión mantendrá esa misma línea de trabajo en favor del sector médico.

Recordó que el gremio ha participado activamente en los debates sobre la reforma penal y destacó que ya en la gestión encabezada por el doctor Waldo Ariel Suero se impulsaron iniciativas orientadas a la despenalización del acto médico. Indicó que él mismo formó parte de esos esfuerzos en su condición de secretario general del CMD.

“El Colegio Médico ha realizado múltiples acciones que muchas veces la población desconoce. Participamos en reuniones y encuentros relacionados con la reforma, aunque en la etapa final prácticamente no hubo espacios de discusión. Las autoridades hablaron de consultas, pero finalmente aprobaron una ley en apenas seis días”, manifestó Peña Núñez.

La Ley 74-25, que contiene el nuevo Código Penal dominicano, entrará en vigencia en agosto de 2026 y establece nuevas figuras delictivas, así como mayores responsabilidades para diversos sectores, incluido el personal médico.

Durante el encuentro también intervino la magistrada Darihana Linarez Corporán, jueza y especialista en Derecho Médico, quien explicó algunos de los principales cambios que introduce la nueva normativa en materia de responsabilidad profesional.

Según señaló, el nuevo Código Penal modifica de manera significativa el marco jurídico que regula el ejercicio de la medicina, al incorporar el concepto de “posición de garantía” y ampliar las responsabilidades derivadas de omisiones en el desempeño profesional.

“Este nuevo Código Penal transforma el ejercicio médico. El profesional de la salud no solo deberá responder por los actos que realice, sino también por aquellos que, estando obligado a ejecutar, deje de realizar”, explicó la especialista.

Linarez Corporán agregó que la legislación incorpora nuevas figuras penales relacionadas con el ámbito sanitario, entre ellas los daños a la salud provocados por dopaje, la experimentación médica sin autorización, la fecundación sin consentimiento y otras conductas vinculadas a procedimientos médicos especializados.

Asimismo, abordó el tratamiento que la nueva normativa otorga al aborto en circunstancias excepcionales. Explicó que el texto contempla la posibilidad de practicar la interrupción del embarazo cuando exista peligro para la vida de la madre o del feto, una disposición que formó parte de los debates más intensos durante la discusión del Código Penal.

La magistrada precisó que, antes de adoptar cualquier decisión en esos casos, la ley exige que se agoten todos los recursos y procedimientos científicos disponibles con el objetivo de preservar tanto la vida de la madre como la del concebido.

“El Código establece que la interrupción del embarazo podrá ser considerada cuando esté en riesgo la vida de la madre o del feto, pero previamente deben agotarse todos los medios médicos y científicos posibles para proteger ambas vidas”, concluyó.

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