Condenan a 15 años de prisión a hombre por trata de personas y esclavitud sexual de cinco mujeres
Santo Domingo, 23 junio. – La Corte de Apelación del Departamento Judicial de Barahona aumentó de 10 a 15 años de prisión la condena impuesta a un hombre hallado culpable de trata de personas en la modalidad de esclavitud sexual, violación sexual y otros delitos cometidos contra cinco mujeres, luego de acoger un recurso presentado por el Ministerio Público.
La decisión judicial recayó sobre Juan Carlos Peña Nín, también identificado como Moreno o Greydel Nín Matos, quien había sido condenado inicialmente por el Tribunal Colegiado de Primera Instancia de Barahona.
Los jueces de la Corte determinaron que la sanción original no cumplía con el mínimo de pena establecido por la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, por lo que procedieron a incrementarla hasta los 15 años de reclusión.
Además de la pena privativa de libertad, el tribunal confirmó la multa equivalente a 175 salarios mínimos del sector público a favor del Estado dominicano, así como una indemnización de RD$250,000 para cada una de las cinco víctimas que participaron en el proceso como parte civil.
La titular de la Procuraduría Especializada Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas (PETT), la procuradora general de corte Yoanna Bejarán Álvarez, valoró la decisión como un precedente importante en la lucha contra este tipo de criminalidad en la República Dominicana, al considerar que fortalece la persecución penal de los delitos vinculados a la explotación sexual y la trata de seres humanos.
La representación del Ministerio Público estuvo a cargo de la fiscal Noelia Tavera, de la PETT, junto a la procuradora regional de Barahona, Yocasta Báez, y el fiscal titular de esa provincia, Wellington Matos Espinal.
La sentencia número 102-2026-SPEN-00051 fue dictada por los magistrados Joselín Moreta Carrasco, Henrry Caraballo Matos y Juan Francisco Carvajal Cabrera, quienes acogieron íntegramente los argumentos presentados por el órgano acusador.
El condenado había sido arrestado el 14 de febrero de 2024 como resultado de las investigaciones desarrolladas en torno al caso.
Los jueces concluyeron que la gravedad de los hechos, la existencia de múltiples víctimas, la reiteración de las conductas delictivas, el uso de violencia y el profundo daño psicológico ocasionado justificaban la imposición de una pena más severa y acorde con lo establecido por la legislación vigente.
En su decisión, la Corte también rechazó en todas sus partes el recurso de apelación interpuesto por la defensa del condenado, al considerar que carecía de fundamentos jurídicos válidos y que las pruebas aportadas durante el proceso demostraban de manera contundente la responsabilidad penal del acusado.
La representación legal de las víctimas estuvo a cargo de las abogadas Ángela María Díaz y Nicole Rivera, ambas adscritas a la Procuraduría Especializada Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas.
Captación mediante engaños y falsas ofertas de empleo
Las investigaciones realizadas por la PETT, en coordinación con el Departamento de Trata y Tráfico de Personas de la Policía Nacional y la Fiscalía de Barahona, establecieron que Peña Nín desarrolló un esquema de captación de mujeres jóvenes aprovechándose de su situación de vulnerabilidad económica.
Según el expediente, el hoy condenado utilizaba aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp y redes sociales como Facebook e Instagram para contactar a las víctimas. En muchos casos se hacía pasar por mujeres conocidas de ellas con el objetivo de ganar su confianza y ofrecerles supuestas oportunidades laborales con ingresos de hasta 300 dólares diarios.
Una vez convencidas, las víctimas eran trasladadas hacia las provincias de Barahona e Independencia, donde eran llevadas a inmuebles controlados por el acusado. Allí se les retenían sus teléfonos celulares y pertenencias personales, limitando su capacidad de comunicación y desplazamiento.
Las autoridades determinaron que las mujeres eran sometidas a violaciones sexuales de forma reiterada, torturas físicas, amenazas de muerte con armas de fuego y actos de extorsión dirigidos contra sus familiares. Estos elementos fueron determinantes para sustentar la acusación por trata de personas con fines de esclavitud sexual y otros delitos conexos.
Con esta decisión, la Corte de Apelación de Barahona ratifica la gravedad de los delitos de trata y explotación sexual, al tiempo que fortalece la respuesta judicial frente a estructuras criminales que se aprovechan de personas en condiciones de vulnerabilidad para someterlas a distintas formas de explotación.
