Dos ejemplos, dos realidades
Ruddy L. González
Confieso que cuando leí la exposición del ilustrado abogado constitucionalista Trajano Vidal Potentini, no alcancé a ver la dimensión de sus conceptos y realidades.
Dos ejemplos, sin embargo, me hicieron comprender su análisis. • La sentencia del caso Super Tucanos, en que tres acusados y las dos compañías –de seis imputados iniciales- fueron descargados de toda culpa sobre la acusación de corrupción, por soborno, luego de casi siete años de un proceso más populista, mediático y con ribetes políticos que judiciales.
• La sentencia, semanas antes, del caso Odebrecht, que comenzó con 14 acusados, fue a juicio de fondo con seis y terminó con dos sentenciados -cinco años después- uno de ellos por un delito alejado al soborno y la corrupción, que era el marco de la persecución judicial.
El hilo conductor es que en ninguno de estos casos Estado logró resarcimiento económico por los delitos de defraudación alegados ante la Justicia. Entiendo, entonces, el concepto de ‘imputación objetiva’ y ‘justicia restaurativa’ o lo que es igual a lograr ‘acuerdos del Ministerio Público en representación del Estado, para evitar impunidad y recuperar dineros defraudados’. El tema no tiene desperdicios y obliga a una discusión del mismo ante la realidad de la proclamada lucha contra la corrupción y la impunidad. Porque como dijo la magistrada presidente del tribunal colegiado que emitió el descargo, Arlin Ventura: “Los jueces no están para apaciguar la furia de la opinión pública ni del poder político”. Un concepto lapidario que estruja realidades en la cara del vedetismo y populismo mediático sobre procesos judiciales.