El Tribunal Constitucional dominicano amplía su alcance con el control difuso de constitucionalidad

Santo Domingo, 11 abril – El Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana ha dado un giro jurisprudencial significativo al emitir una sentencia en la que asume el control difuso de la constitucionalidad, una medida que ha sido bien recibida por destacados abogados constitucionalistas del país.

Según la sentencia TC/0889/23 del 27 de diciembre de 2023, publicada el 5 de abril, la alta corte revisará, de oficio o a petición de partes, los pronunciamientos de inconstitucionalidad por vía difusa emitidos por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), el Tribunal Superior Electoral (TSE) y otras jurisdicciones. Esta decisión ha generado el respaldo de expertos en derecho constitucional como Jottin Cury y Eduardo Jorge Prats.

Cury, juez emérito del TC, expresó su acuerdo con la medida, destacando que el control difuso corresponde a todos los tribunales, no solo al Poder Judicial, según lo establecido en la Constitución dominicana. Además, señaló que el TC, al tener el control concentrado, tiene la capacidad para ejercer también el control difuso.

Por su parte, Jorge Prats destacó que la sentencia del TC se ajusta a lo establecido por la Constitución y la ley en cuanto al control difuso, considerando que esta decisión fortalece el sistema de justicia constitucional del país.

En cuanto al cambio de criterio del TC, que anteriormente había señalado su incapacidad para conocer, por vía difusa, las excepciones de inconstitucionalidad, se destaca que esta nueva posición ha recibido el respaldo de importantes juristas, a pesar del voto salvado expresado por tres magistrados del TC.

Prats enfatizó que lo que ha hecho el TC no es algo nuevo, sino que se ajusta a la fisonomía del control difuso, permitiendo al tribunal revisar los juicios emanados del Poder Judicial sobre la conformidad con la Constitución de las normas infraconstitucionales.

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