Juez envía a juicio de fondo a los hermanos Espaillat por tragedia del Jet Set y excluye al Estado del proceso (Video)
Santo Domingo, 15 junio.– El juez Raymundo Mejía, del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, dictó este lunes auto de apertura a juicio en contra de los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, acusados de responsabilidad en el colapso del techo de la discoteca Jet Set, tragedia que dejó un saldo de 236 personas fallecidas y más de 80 heridas.
Con su decisión, el magistrado dispuso que ambos imputados enfrenten un juicio de fondo por los hechos que les atribuye el Ministerio Público, bajo la tipificación de homicidio involuntario o culposo, al considerar que existen elementos suficientes para que el caso sea debatido en la fase de juicio.
Durante la audiencia preliminar, el juez realizó un análisis detallado de la conducta atribuida a los procesados y concluyó que los hechos deben ser conocidos bajo la figura de homicidio imprudente, rechazando así la pretensión de un grupo de víctimas y querellantes que solicitaba que el caso fuera juzgado como homicidio voluntario.
Asimismo, el tribunal ordenó la exclusión del proceso del Ayuntamiento del Distrito Nacional, del Ministerio de Obras Públicas y de las demás instituciones estatales que habían sido señaladas como civilmente responsables por algunas de las partes involucradas en el expediente.
Al fundamentar su decisión, el magistrado explicó que la jurisdicción penal carece de competencia para retener al Estado como parte civilmente responsable en este proceso.
Señaló que, conforme a las disposiciones de la Ley 107-13 sobre los derechos de las personas en sus relaciones con la administración pública, cualquier reclamación patrimonial o acción de responsabilidad contra entidades estatales debe ser conocida exclusivamente por el Tribunal Superior Administrativo (TSA).
En cuanto a las medidas de coerción, el juez ratificó las medidas alternativas a la prisión impuestas previamente a los imputados, argumentando que la Constitución establece que la libertad es la regla y la privación de libertad la excepción.
Indicó que Antonio y Maribel Espaillat han mostrado disposición de comparecer ante las autoridades, cuentan con arraigo suficiente y han mantenido una conducta de colaboración con el proceso judicial, por lo que no existen elementos que justifiquen un endurecimiento de las medidas cautelares.
No obstante, en el aspecto civil, el tribunal acogió e impuso medidas de coerción reales sobre bienes de los imputados, incluyendo inmovilización de activos y medidas conservatorias en beneficio de las víctimas constituidas en actores civiles.
El juez consideró estas medidas proporcionales y adecuadas para garantizar eventuales reparaciones económicas derivadas del proceso.
Respecto a las pruebas presentadas por el Ministerio Público, el magistrado determinó que las documentales cumplen con las exigencias establecidas en los artículos 140, 173, 174 y 197 del Código Procesal Penal.
Recordó además que el sistema procesal dominicano se rige por el principio de libertad probatoria, según el cual toda evidencia es admisible siempre que haya sido obtenida sin vulnerar derechos fundamentales ni afectar la dignidad humana.
De igual manera, declaró admisibles las evidencias materiales incorporadas al expediente tras comprobar que fueron obtenidas y preservadas conforme a los procedimientos legales y a los parámetros establecidos en la Resolución 38-69 de la Suprema Corte de Justicia, considerada normativa complementaria en materia procesal.
Finalmente, el juez admitió la totalidad de las pruebas documentales y testimoniales presentadas por el Ministerio Público al concluir que fueron recolectadas respetando el principio de legalidad y que cumplen con los criterios de utilidad, pertinencia y relevancia exigidos por la legislación procesal penal.
Con esta decisión, el caso de la tragedia ocurrida en la discoteca Jet Set avanza a la etapa de juicio de fondo, donde se determinará la responsabilidad penal y civil de los hermanos Espaillat por uno de los hechos más trágicos registrados en la historia reciente del país.
