«La Interpretación Legal de la JCE: Un paso hacia la equidad o un obstáculo al sistema de partidos?

Santo Domingo, 22 mayo – La resolución de la Junta Central Electoral (JCE) sobre la reserva del 20% de las candidaturas ha desatado una tormenta política en República Dominicana. Este nuevo lineamiento, que ha dividido al sistema de partidos, está en el centro del debate público y político. El núcleo del desacuerdo radica en la interpretación de esta cuota, cuestionándose si debe aplicarse a cada nivel de elección, como sugiere la JCE, o si debe aplicarse a nivel nacional, como sostienen varios partidos de la oposición.

La actual controversia, que se centra en la reserva de las candidaturas, está poniendo a prueba la confianza en el organismo electoral. La interpretación de la JCE de aplicar esta reserva a cada nivel de elección, en lugar de a nivel nacional, ha polarizado a los partidos políticos y creado una notable fricción entre ellos. Esta división política podría erosionar aún más la confianza en la Junta, al percibirse como parcial o interpretando la ley a conveniencia, y profundizar la brecha entre los partidos políticos a favor y en contra de la resolución 13-2023.

La fricción entre los partidos políticos se acentúa a medida que algunos apoyan la interpretación de la JCE en aras de una representación más diversa y equitativa, mientras que otros la ven como un obstáculo para la democracia y una amenaza para las alianzas y las primarias. Este choque de visiones puede afectar el clima político, intensificando las tensiones y dificultando el consenso y la cooperación entre los partidos políticos. A largo plazo, esta división puede llevar a una mayor polarización y a una política más conflictiva.

Además, el hecho de que juristas y organizaciones prominentes se pronuncien de manera divergente sobre la interpretación de unos pocos artículos legales genera confusión en el sistema jurídico. Esta diversidad de opiniones, en lugar de aportar claridad, ha añadido más incertidumbre sobre cómo se deben interpretar y aplicar estas leyes en el futuro. Este estado de confusión puede socavar la eficacia de la ley y la confianza en el sistema electoral, al generar dudas sobre su coherencia e interpretación uniforme de los textos jurídicos.

La manzana de la discordia parte del artículo 58, de la Ley 33-18 de partidos políticos, sobre el porcentaje para las reservas que dice: “el organismo de máxima dirección de todo partido tiene el derecho de reservar a conveniencia de su organización política, incluyendo los puestos cedidos a dirigentes de la misma organización o por acuerdos, alianzas o fusiones con otros partidos, agrupaciones o movimientos políticos, un máximo de candidaturas a cargos de elección popular equivalente al veinte por ciento (20%) del total de las nominaciones para los puestos de senadores, diputados, alcaldes, regidores, directores, subdirectores y vocales de distritos municipales establecidos por la Constitución y las leyes”.

Mi humilde interpretación, sin tratar de ser especialista en la materia, es que el porcentaje de las reservas solo aplica a la decisión de los dirigentes de un partido a lo hora de distribuirse directamente cargos electivos sin necesidad de someterlos a los mecanismos estatutarios. Los demás, el 80%, sean miembros, independientes o producto de alianzas deben ser aprobados por la estructura del partido del que se trate.

«Fricción Partidista»

El Partido Revolucionario Moderno (PRM), junto a otros trece partidos, ha mostrado un fuerte respaldo a la resolución de la JCE. Estos partidos argumentan que la medida garantiza una representación más equitativa y diversa en todos los niveles de elección. Resaltan que el 20% de reserva por cada nivel de elección favorece una distribución más justa.

Plantean que aplicar la reserva del 20 % al total de las candidaturas, conllevaría que de las 4,528 posiciones los partidos podrían apartar 905 puestos, abriendo la posibilidad de guardar la totalidad de los senadores, diputados, alcaldías, subdirectores, la candidatura presidencial y se restaría espacio para el caso de los regidores.

Por otro lado, está la coalición de partidos en oposición a la resolución, encabezada por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y Fuerza del Pueblo (FP), junto a otros trece partidos, que sostienen que la medida restringe la democracia al limitar la posibilidad de alianzas y dificulta la realización de las primarias. Además, argumentan que la reserva del 20% de las candidaturas debería aplicarse a nivel nacional y no por cada nivel de elección, considerando que esta última interpretación podría llevar a una sobre-representación de algunos sectores.

División del sistema de partidos por la resolución de la JCE

«Juristas Divididos»

La interpretación legal de la resolución ha sido objeto de discusión entre juristas de renombre como Vidal Potentini y Servio Tulio. Potentini sostiene que la JCE no cumplió con el proceso administrativo al emitir la disposición sobre reservas, mientras que Tulio enfatiza que la JCE debe escuchar a los partidos de oposición y tomar en cuenta sus preocupaciones.

El vicepresidente ejecutivo de la FINJUS, Servio Tulio Castaños Guzmán, consideró que la decisión, que dispone que las entidades políticas deben depositar las reservas de las candidaturas por lo menos 30 días antes del inicio de la precampaña, es decir, a más tardar el 2 de junio, tomó por sorpresa a los partidos políticos, derivándose de aquí el disgusto que hoy los empaña.

Por otro lado, organizaciones como Participación Ciudadana han expresado su apoyo a la posición de la JCE sobre las reservas de candidaturas, considerándolo un paso hacia la equidad en la representación política.

“Origen Controversia”

En cuanto a la JCE, la resolución del órgano establece que para el próximo periodo electoral los partidos solo podrán reservar plazas para las candidaturas de hasta 38 diputados y seis senadores, lo cual dificultaría el tema de negociación de alianzas y coaliciones entre las organizaciones políticas; además de 32 alcaldes, 233 regidores, 47 directores con sus subdirectores y 147 vocales; mientras que todas las demás candidaturas deberán ser disputadas en primarias, convenciones y/o asambleas.

Sostiene que se basa en su interpretación de los textos legales, específicamente en la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y la Ley No. 15-19 de Régimen Electoral. Ambas recogen ambiguamente en cuanto a si la reserva del 20% de las candidaturas debería aplicarse a cada nivel de elección o a nivel nacional.

Dos artículos de estas leyes generan la confusión y son la base de la actual controversia. Los partidos de la oposición y algunos juristas interpretan que la reserva del 20% se aplica a nivel nacional, mientras que la JCE y otros partidos políticos interpretan que debe aplicarse a cada nivel de elección.

En resumen, esta controversia sobre la resolución de la JCE puede tener un efecto perjudicial sobre la confianza en la junta electoral, aumentar la fricción entre los partidos políticos y sembrar confusión en el sistema jurídico. La gestión de esta controversia y la búsqueda de una solución consensuada será clave para mantener la integridad del sistema democrático de la República Dominicana.

Fuente GloboDebate

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