Opinión

La responsabilidad de la prensa (1 de 3)

Miguel Guerrero

El fallo del Tribunal Constitucional declarando la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley 6132 de noviembre de 1963 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, hace oportuna la discusión del tema de la responsabilidad de la prensa. El Tribunal eliminó el sistema que extiende sobre terceros las acciones de otro, lo cual, a mi juicio, no sólo tiene un efecto trascendente en el ejercicio periodístico, sino también en todo el ámbito de la práctica democrática y el respeto a los derechos ciudadanos.

¿Por qué entonces es tan importante la fijación de los límites de esa responsabilidad, ahora que la decisión del TC libera en cierto modo a los medios de lo que se ha dado en llamar delitos de palabra o de prensa? ¿A quién le corresponde la fijación de esos medios? ¿Es una tarea del Gobierno, de las iglesias o de cualquier otro grupo de la sociedad organizada?

¿Obliga la fijación de esos límites del accionar periodístico a permanecer al margen de las discusiones públicas, a renunciar a mantener una posición a favor de alguna corriente electoral, ahora que nos encontramos en un proceso considerado esencial para el futuro de las instituciones democráticas y la práctica partidista?¿Por qué es tan importante la fijación de esos límites?

A los medios no les ha parecido trascendente asumir esa tarea. La razón descansa en la presunción de que fijarse límites implica una renuncia a actuar con libertad y fijar posiciones independientes, rehuir de su condición de vigilia del respeto a las leyes y la Constitución y abandonar su responsabilidad de servir de garante del respeto al orden jurídico.

Nada más incierto. La fijación de esos límites fortalecerá el clima en que se desenvuelve la prensa y hará más difícil los esfuerzos por acallarla o someterla a la reproducción de verdades oficiales.

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