La SIP expresa preocupación por Ley de DNI y sus implicancias para la libertad de prensa en República Dominicana

Santo Domingo, 22 de enero – La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) se une a las voces que manifiestan su inquietud sobre las implicancias para la libertad de prensa y la protección de fuentes confidenciales de información derivadas de la recientemente promulgada Ley 1-24, que establece y regula la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).

La normativa, promulgada el 15 de enero por el presidente Luis Abinader con el número 1-24, regula el Sistema Nacional de Inteligencia y la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI). El gobierno afirma que la ley «representa un paso significativo en la lucha contra el terrorismo, el narcotráfico, las ciberamenazas y la corrupción», proporcionando «la herramienta legal necesaria», según el vocero de la Presidencia en un comunicado.

Organizaciones locales que representan a los medios y periodistas, como el Colegio de Periodistas y la Sociedad Dominicana de Diarios, han criticado la ambigüedad de algunos artículos de la ley y han advertido sobre posibles impactos negativos en la libertad de prensa, el derecho a la privacidad y el secreto profesional.

Uno de los puntos de preocupación es el artículo 11 de la nueva legislación, que establece que «todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas, sin perjuicio de las formalidades legales para la protección y garantía del derecho a la intimidad y el honor personal, estarán obligadas a entregar a la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) todas las informaciones que esta requiera sobre las cuales se tengan datos o conocimiento, relativas a las atribuciones señaladas en el artículo 9 de esta ley, para el cumplimiento de sus funciones de inteligencia y contrainteligencia, a los fines de salvaguardar la seguridad nacional».

Roberto Rock, presidente de la SIP y director de La Silla Rota en México, expresó: «Si bien reconocemos la importancia de las leyes de seguridad nacional para proteger los intereses y las instituciones del Estado frente a la amenaza del terrorismo, una regulación tan amplia que obligue a instituciones privadas, como los medios de comunicación, a entregar todas las informaciones que se requieran, puede tener implicancias negativas sobre la confidencialidad de las fuentes periodísticas y el derecho a la privacidad».

El artículo 8 de la Declaración de Salta de la SIP establece que «las leyes deben garantizar el derecho a proteger la identidad de las fuentes confidenciales de los periodistas y deben permitir el uso de herramientas de encriptación o cifrado. También deben respetar el derecho de las personas al anonimato».

Además, el artículo 26 de la ley establece sanciones penales, incluyendo prisión y multas, contra quienes «oculten informaciones» requeridas por la DNI.

Carlos Jornet, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, agregó que «el lenguaje amplio y ambiguo de esta ley, sumado a su carácter sancionatorio, puede fomentar la autocensura entre periodistas y medios de comunicación, con el impacto que ello causaría en el derecho de todos los dominicanos a acceder a información, un derecho consagrado en la Constitución».

Jornet destacó que el secreto profesional periodístico es esencial para que aquellos que informan a la sociedad ejerzan su labor con plena libertad y es un instrumento clave para que la ciudadanía acceda a datos de interés público.

En un editorial titulado «La prensa libre reclama un mayor blindaje», Listín Diario expresó que «con los profundos temores que abriga la sociedad ante los alcances de la peligrosa Ley 1-24 que entra en colisión con nuestra Carta Magna, la única alternativa es reformularla en el Congreso, desmantelando los artículos ambiguos que, por sí mismos, abren válvulas al desconocimiento o violación de derechos ciudadanos consagrados en la Constitución».

República Dominicana había avanzado en 2023 a la posición número uno entre 22 países según el Índice Chapultepec de la SIP, un barómetro que mide la situación de la libertad de prensa en las Américas.

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