Miles de trabajadores podrán acceder anticipadamente a sus pensiones

Santo Domingo, 14 jun (EFE).- Más de 25,000 personas que ingresaron de manera tardía al sistema de pensiones de la República Dominicana podrán retirar su dinero, de manera total o parcial, a raíz de una resolución dada a conocer este martes por el ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps.

Se trata de trabajadores que tenían 45 años cuando empezaron a cotizar en la seguridad social y que, por razones de edad, no califican para recibir la pensión.

Se estima un desembolso de más de 7,000 millones de pesos por este concepto, dijo De Camps en rueda de prensa.

La entrega se realizará a partir de los próximo 45 días, una vez entre en vigencia la resolución aprobada hoy por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).

Esta medida «crea un precedente jurídico, que le permitirá gozar de este beneficio a muchos trabajadores que, cada año, caen en esta situación por haber llegado a la edad de 60 años sin contar con las cotizaciones requeridas por la ley para gozar de una pensión», precisó el funcionario.

La Ley de Seguridad Social 87-01 establece que para que una persona pueda acceder a una pensión debe tener 60 años de edad y al menos 360 cotizaciones.

La aprobación de esta resolución estuvo fundamentada en el informe favorable emitido por la Comisión Permanente de Pensiones del CNSS el pasado lunes 13 de junio. Este informe fue el resultado de un cuidadoso análisis del marco regulatorio aplicable por parte de la comisión y surge de la inquietud del presidente y consejeros, quienes buscaban poder beneficiar a miles de trabajadores que se encontraban afectados por la situación.

El también Ministro de Trabajo reafirmó el compromiso del Presidente Luis Abinader, con la búsqueda de soluciones para los problemas que por años han afectado a los trabajadores dominicanos.

“El Presidente Abinader nos ha trazado una ruta clara: asegurarnos de que todos los trabajadores disfruten sin restricciones de todos los derechos que les reconoce la ley. Este objetivo es el que guía nuestras ejecutorias y así seguirá siendo”, afirmó.

De acuerdo con la Ley 87-01, los requisitos para que los afiliados al Sistema de Seguridad Social gocen de este beneficio son tener una edad de 60 años en adelante y poseer al menos 360 cotizaciones.

La resolución revisó el método de cálculo de la edad y establece el más amplio e inclusivo, para ser considerado de ingreso tardío, el cual es el de 45 años de «edad al próximo cumpleaños», el cual supone que cada individuo al superar cada cumpleaños comienza a transitar la edad siguiente.

Además, la resolución beneficia a los afiliados al no tener que enfrentar trabas burocráticas innecesarias, las cuales fueron eliminadas por la resolución, con el fin de facilitar el acceso de los trabajadores a sus derechos.

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