Partidos de oposición reiteran ante JCE rechazo a Comunicado de Admonición

Solicitan que el órgano de comicios convoque audiencia pública sobre el proceso electoral.

Santo Domingo, 28 agosto – Los partidos Revolucionario Dominicano (PRD), de la Liberación Dominicana (PLD) y Fuerza del Pueblo volvieron a manifestar por escrito, ante la Junta Central Electoral (JCE), su desacuerdo con el Comunicado de Admonición sobre la prohibición de mítines, marchas, caravanas y divulgación de propaganda electoral, de fecha 10 de agosto de 2023, emitido por el referido órgano de comicios.

En ese orden, demandaron este lunes que el mismo sea desestimado y dejado sin efecto en lo inmediato.

Indicaron que las prohibiciones contenidas en el referido documento “a todas luces, vulneran derechos fundamentales y desconocen, por completo, decisiones que al respecto han emitido el Tribunal Superior Administrativo y el Tribunal Constitucional”.

Al referirse al comunicado, que también veda la promoción de los aspirantes a través de medios de comunicación como la radio y la televisión, solicitaron que se convoque en breve a una audiencia pública con los delegados de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos, amparados en el sustento que para ese fin les provee el artículo 28 de la Ley 20-23 Orgánica de Régimen Electoral. Indicaron que en dicha pieza se consagra el derecho de las organizaciones políticas a solicitar reuniones para discutir y conocer los temas referentes al proceso electoral.

Estos partidos de oposición requirieron que el Pleno de la Junta “se apegue a la Constitución, las leyes electorales y los precedentes jurisprudenciales existentes”.

En tal sentido, volvieron a demandar que la JCE considere “las decisiones contenidas en las sentencias del Tribunal Constitucional, TC/0214/19, del 22 de julio de 2019, TC/0052/22, del 22 de febrero de 2022, así como la sentencia  núm. 0030-04-2019-SSEN-00354, de fecha 23 de septiembre de 2019, del Tribunal Superior Administrativo (TSA), la cual declaró específicamente inaplicable, entre otros, el numeral 2 del artículo 44 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos No. 33-18, sobre la prohibición de ‘vallas, afiches, pancartas, en espacios y lugares públicos’ (como refiere el comunicado)”.

Recordaron que el fallo del alto tribunal también estableció que la referida legislación “vulnera el derecho de igualdad, al crear una situación de desigualdad entre diferentes medios de comunicación y viola la libertad de empresa, excluyendo de manera discriminatoria los letreros y vallas publicitarias como medios de propaganda política en el período de precampaña electoral, privilegiando irrazonablemente a los medios de comunicación digital, televisiva y de prensa escrita”.

La sentencia apuntó, además, que con la citada ley se estaba “creando así privilegios injustificados y desiguales, como consecuencia de esta distinción a favor un sector empresarial particular, en detrimento de otros, por lo que dicha prohibición no cumple con los parámetros constitucionales exigidos por el artículo 40.15 de la Constitución de la República, en cuanto a la justicia y utilidad de la norma”.

Por el PRD acudieron a depositar el documento de oposición los dirigentes Héctor Guzmán y José Juan Zapata; por el PLD, Danilo Diaz; y por la Fuerza del Pueblo, Manuel Crespo y Javier Ubiera.

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