Persecución de crímenes y delitos electorales: Una novedad en las próximas elecciones municipales

Santo Domingo, 2 de febrero – Una de las principales innovaciones en las elecciones municipales programadas para el 18 de este mes será la persecución de crímenes y delitos electorales. Esta iniciativa toma forma gracias a la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales, creada mediante la Ley 15-19, derogada por la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, desde 2019.

Este órgano opera bajo las disposiciones de la Ley 133-11, Ley Orgánica del Ministerio Público, con jurisdicción nacional, y ha capacitado a alrededor de 300 fiscales a través de un «Curso Especializado en Derecho Penal Electoral y Procedimiento Penal Electoral». Este programa es implementado por el Instituto Superior Especializado en Formación Político Electoral y del Estado Civil, en colaboración con la Junta Central Electoral y la Escuela del Ministerio Público.

El derecho penal electoral se erige como el conjunto de normas destinadas a salvaguardar, mediante medidas punitivas, el adecuado desarrollo de los procesos electorales. Su enfoque recae en sancionar conductas que afecten la transparencia, legalidad y libertad en el proceso electoral, garantizando así la integridad del mismo.

A pesar de existir disposiciones legales en la República Dominicana, como el artículo 109 del Código Penal, que buscan sancionar conductas que menoscaben la transparencia electoral, su aplicación ha sido limitada debido a una arraigada cultura política de impunidad.

Históricamente, la necesidad de sancionar conductas ilícitas que amenacen los fines democráticos ha sido evidente. Aunque el término «derecho penal electoral» no se utilizaba, se castigaban conductas ilícitas relacionadas con el proceso electoral. En Grecia y el Imperio Romano, por ejemplo, ya se sancionaban acciones como votar dos veces o comprar votos, algunas incluso con pena de muerte.

En la actualidad, los tribunales penales ordinarios asumen la competencia para conocer los delitos y crímenes electorales, según lo establecido en la Ley Orgánica del Régimen Electoral. La jurisdicción abarca las denuncias de la Junta Central Electoral, las juntas electorales o de oficio por parte de la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral detalla, en los artículos del 309 al 320, las infracciones jurisdiccionales electorales y las sanciones correspondientes, que pueden llegar hasta diez años de reclusión, dependiendo de la gravedad de la acción ilegal.

A pesar de estos avances legislativos, la instauración de una justicia penal electoral adecuada enfrenta desafíos significativos. Superar la cultura política que limita derechos constitucionales, la especialización de recursos humanos y el suministro de los recursos necesarios a la Procuraduría Especializada son algunos de estos desafíos.

La Junta Central Electoral asegura que las elecciones de este año serán justas, libres y seguras, subrayando que la seguridad del proceso es la clave para proporcionar paz a los ciudadanos al depositar sus votos en las urnas.

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