Presidente Abinader toma acciones ante impacto de lluvias en el país

Santo Domingo, 19 noviembre – El presidente Luis Abinader emitió los Decretos 584 y 585 al finalizar la tarde del sábado 18 de noviembre, implementando medidas dirigidas a asistir a la ciudadanía ante las consecuencias derivadas de las fuertes lluvias e inundaciones que están afectando al país.

En el Decreto 584-23, se dispone la suspensión de labores tanto en el sector público como privado en todo el territorio nacional. Esta suspensión comenzará a partir de las 10 de la noche del sábado 18 de noviembre de 2023 y se extenderá hasta las 7 de la mañana del lunes 20 de noviembre de 2023, debido a los efectos del fenómeno atmosférico que actualmente impacta al país.

El presidente también instruyó al Ministerio de Trabajo y al Ministerio de Administración Pública para que determinen cómo se aplicará esta suspensión en los sectores público y privado, respectivamente.

Por su parte, mediante el Decreto 585-23, se declaró el estado de emergencia para las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios destinados a labores de asistencia humanitaria, rescate, construcción y reconstrucción de infraestructuras afectadas por las lluvias torrenciales, tormentas eléctricas y ráfagas de viento generadas por el fenómeno atmosférico en todo el país.

El Gobierno, a través del Poder Ejecutivo, estableció que estos procedimientos especiales deben llevarse a cabo conforme a las disposiciones de la Constitución de la República y la normativa en vigor sobre contrataciones públicas.

Los decretos también establecen que las instituciones deben gestionar estos procedimientos excepcionales por emergencia nacional utilizando el Portal Transaccional administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas, además de presentar un informe detallado a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas.

En los decretos se subraya que el cambio climático ha generado un aumento en la intensidad y la imprevisibilidad de las lluvias, llevándolas a acontecer fuera de las temporadas habituales, lo que impulsa a los Estados a tomar medidas en situaciones de emergencia.

Estas medidas están respaldadas por el artículo 8 de la Constitución, que establece como función esencial del Estado la protección efectiva de los derechos de la persona. Por tanto, es deber del Poder Ejecutivo implementar medidas para preservar y proteger a la población ante cualquier amenaza, incluyendo las derivadas de fenómenos naturales.

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