«Prohibición de Inauguraciones de Obras Públicas a partir del 9 de enero según Ley Electoral»

Santo Domingo, 5 de enero – A partir del próximo 9 de enero, el Gobierno central y las alcaldías tendrán prohibido llevar a cabo actos inaugurales de obras públicas, según lo establecido en la Ley 20-23 de Régimen Electoral, con miras a las elecciones municipales previstas para el próximo 18 de febrero.

Este mandato legal afecta a instituciones públicas autónomas y a las alcaldías, impidiendo la realización de inauguraciones de obras o programas de apoyo social en un período de tiempo clave.

El párrafo 6 del artículo 210 de la mencionada ley señala: «Está prohibido durante los 40 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios municipales y 60 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios presidenciales y congresuales, la realización de actos inaugurales de obras públicas por el Gobierno central y las alcaldías».

Las regulaciones electorales también abordan la relación entre los actos públicos de las instituciones y la propaganda de los candidatos a puestos de elección popular, dejando claro que estos eventos no deben ser utilizados para promocionar sus candidaturas.

En la nueva ley de Régimen Electoral, dentro del capítulo VI que aborda las prohibiciones de los actos estatales, el párrafo 1 del artículo 210 prohíbe expresamente la realización de marchas, mítines o cualquier manifestación, así como la exhibición de pancartas, letreros o propaganda que promueva a un candidato.

Además, durante el periodo de campaña electoral, la publicidad estatal no puede contener elementos que impulsen el voto a favor de un candidato en particular.

No obstante, los programas de asistencia social y ayuda comunitaria regulares planificados por el Estado podrán seguir adelante dentro de su planificación habitual, ya que se encuentran excluidos de estas prohibiciones. Cabe destacar que no se permitirá el aumento de beneficiarios ni de los montos asignados a estos programas durante este período restringido.

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