Sisalril, las clínicas y los depósitos
Ignacio Nova[email protected]
El doctor Jesús Feris Iglesias, Superintendente de Salud y Riesgos Laborales en la superintendencia homónima (Sisalril), declaró, al tomar posesión (05/abril/2021), que reducirá el gasto de bolsillo que la ciudadanía está siendo obligada a pagar por algunos Prestadores de Servicios de Salud (PSS) al demandar servicios cubiertos por los regímenes de aseguramiento del Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS).
El tema, que alcanzó primeras planas, estuvo en la cuna largo tiempo, en tanto, entre octubre 2020 y diciembre 2021, SeNaSa agregaba 580.36 mil nuevos usuarios al Régimen Subsidiado (RS) del SDSS, cerrando el 2021 con 5,749,762 afiliados: 57.25% de los 10.004 millones cubiertos por el sistema.
La transición de mando operada desde el 16 de agosto 2020 ha sido larga, por la pandemia de Covid-19 y porque los nuevos responsables necesitaron tiempo para conocer la realidad de lo recibido con muchos empleados trabajando desde casa.
La Sisalril ha soltado, pues, amarras, empezando a navegar el océano de sus roles legítimos. El primero es velar por el estricto cumplimiento de la ley 87-01 que creó el SDSS y sus normas complementarias; el segundo, “proteger los intereses de los afiliados”.
Esto hace al procurar erradicar el cobro de depósito o garantía por las clínicas privadas cuando ingresan pacientes, una deformación en la prestación de servicios de salud.
Al hacerlo, naturalmente, facultan la acción vinculante de la Sisalril.
Al momento de las desgracias por accidentes, riñas y shocks cerebro-vasculares, cardíacos u otros, lo más odioso es un reclamo de dinero o cualquier demora burocrática que obstruya el servicio de salud del cual puede pender la vida propia o la de algún ser querido.
La constitución y las leyes consagran ese derecho, pero las clínicas privadas son negocios. El Presidente de su Asociación (Andeclip) afirmó que las garantías se reclaman a quienes carecen de aseguramiento o coberturas para el ingreso, medicamentos y tratamiento de afecciones.
Reclamar tal depósito en “garantía” viola la resolución 00156-2008 de la Sisalril, constituye un fraude al SDSS y es una intolerable negación de servicio.
El doctor Esquea Guerrero planteó crear un fondo de garantías de hasta RD$200 millones, gestionados por Sisalril, para tal fin. El Ministro de Trabajo podría presentarlo como propio al Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) porque el 95.9% de los dominicanos está afiliado al SDSS y el 57.25% de estos, al Régimen Subsidiado público, a través de la ARS SeNaSa. Estos acceden los servicios con sólo presentar la cédula. Ante cobertura insuficiente, la clínica tiene que estabilizarlos y referirlos a un hospital, pero jamás negarles el servicio de urgencia. Es la norma de Salud Pública (pág. 30).
La Covid-19 puso todo patas arriba, desbordando a la baja los servicios de salud cuyo crecimiento a septiembre 2021, según el Banco Central, pág. 23, fue -1.4% porque la salud privada creció -8.8%.
Aunque la contabilidad podría asumir esos depósitos como contra cuentas ante resultados negativos de las clínicas, hacerlo es ilegítimo.
Solucionarlo convenientemente para todos es lo que, como mediador que regula, está procurando la Sisalril.