Ucrania: Mercenarios y ciudadanos del mundo

Maribel Reyes Morillo

Tal como reconoce Mary Kaldor: “En las últimas décadas el acontecer bélico se ha desarrollado hasta tal punto que las teorías modernas sobre la guerra parecen haber perdido toda la capacidad analítica sobre lo observable”. La situación de Ucrania es un ejemplo de ello, un conflicto que nos mantiene en vilo sobre la posibilidad de una Tercera Guerra Mundial, con un Estado afectado con aliados (EE. UU) lo suficientemente poderosos para defenderlo y con un agresor (Rusia) lo suficientemente armado como para ganar o morir intentándolo.
Resulta preocupante el llamado realizado por el presidente Volodymyr Zelensky a “ciudadanos del mundo” para luchar contra los “criminales de guerra rusos”. Un llamado que considero peligroso si tomamos en cuenta las partes en conflicto, no podemos olvidar que además del Ejército Ruso, una facción ucraniana lucha contra Ucrania (los separatistas pro rusos); los civiles que han tomados las armas para defender Ucrania y los “amigos de Ucrania”, todos en un mismo conflicto.

El Presidente de Ucrania abre la posibilidad a que mercenarios de guerra puedan entrar al conflicto sin repercusiones mayores a futuro, tomando en cuenta que, a raíz de la naturaleza del conflicto, existen Estados que se encuentran impedidos para prestar asistencia militar en un conflicto internacional, en parte, por el respeto a los principios internacionales establecidos en el principio ius cogens. Así las cosas, algunos Estados amigos pueden hacer uso de nuevos actores que han emergido en las últimas décadas, como son las Private Military Company que “ofrecen servicios o asesoramiento de carácter militar en conflictos armados a manera de ejércitos privados y a veces son catalogadas o definidas como mercenarias (soldados de alquiler)”.
Estos ejércitos privados de alquiler están suplantando a las Fuerzas Armadas regulares en conflictos alrededor del mundo, son ejércitos sin fronteras y con una difícil aplicación de las normas internacionales; es lo que Singer califica de una “tercera vía” que permite a los Gobiernos “evadir restricciones legales”. Como las que intentó burlar el Reino Unido en 1997 cuando contrató a la PMF Sandline para intervenir en Sierra Leona y poder esquivar el embargo de la ONU de exportación de armas. (Sandline fue, junto con la surafricana Executive Outcome, la pionera de las empresas mercenarias de combate) y la más reciente ACADEMI (antigua Blackwater) que prestó servicios a Estados Unidos en Irak y a la que se le imputan la muerte de 17 civiles.

La Convención de La Haya de 1907 sobre las potencias y las personas neutrales en caso de guerra terrestre no restringe la posibilidad de que los nacionales de los Estados miembros trabajen para los Estados beligerantes. Por lo tanto, el nacional (individuo) que fuera contratado por una potencia extranjera no cometería crimen internacional alguno y debería ser tratado como un soldado que sirve a una fuerza extranjera. Por su parte, mediante la Resolución 3314 de la Asamblea General de las Naciones Unidas se establece como una práctica ilegal el mercenarismo y la conformación de grupos irregulares auspiciados por el Estado o que por lo menos luchen en representación de este. No obstante, no se establece que estas prácticas impulsadas por empresas privadas sean ilegales.
Posteriormente el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas aprobó la Resolución 2005/2 sobre “Utilización de mercenarios como medio de violar los derechos humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación”, en la cual insta a todos los Estados a que “adopten las medidas necesarias y ejerzan el máximo de vigilancia contra la amenaza que entrañan las actividades de mercenarios”.

¿Quién será el responsable de las actividades armadas cometidas en Ucrania por los “ciudadanos del mundo”?

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