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miércoles, 12 de agosto de 2026
CARD alerta sobre prolongación excesiva de procesos penales y reclama respeto al derecho de defensa

CARD alerta sobre prolongación excesiva de procesos penales y reclama respeto al derecho de defensa

·12 de agosto de 2026·4

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SANTO DOMINGO, 11 agosto.— El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) expresó su preocupación por lo que considera una creciente inobservancia de las garantías del debido proceso, especialmente en lo relativo a la duración razonable de los procesos penales y la extinción de la acción judicial cuando vence el plazo máximo establecido por la legislación.

El presidente del gremio, Trajano Potentini, advirtió que en la justicia penal dominicana se estaría generalizando una práctica mediante la cual determinados procesos permanecen abiertos durante períodos considerablemente superiores a los límites previstos por el ordenamiento jurídico.

Potentini señaló que algunos expedientes se prolongan durante cinco años o más sin superar la primera instancia, situación que, a su juicio, compromete el derecho de las personas procesadas a obtener una decisión judicial dentro de un plazo razonable.

El jurista ofreció sus declaraciones durante una entrevista en el programa Despierta RD, transmitido de lunes a viernes, de 6:00 a 8:00 de la mañana, por Telecentro, canal 13, del Grupo Telemicro. Fue entrevistado por los periodistas Gilbert Guzmán, Yudelki Guerrero y Yicet Bueno.

Cita como ejemplo el proceso contra Jean Alain Rodríguez

El presidente del CARD puso como ejemplo el expediente seguido contra el exprocurador general de la República Jean Alain Rodríguez, al considerar que su volumen y complejidad dificultan que pueda ser conocido completamente sin sobrepasar la duración máxima del proceso.

Potentini explicó que la acusación contiene 12.274 páginas cuya lectura e incorporación al proceso, conforme a las disposiciones procesales, podría requerir varias semanas de audiencias dedicadas exclusivamente a esa labor.

Como segundo elemento, indicó que cada imputado tiene la posibilidad de acreditar hasta tres abogados para su defensa, sin incluir asistentes y otros integrantes de los equipos legales.

Al tratarse de 63 imputados, explicó, podrían intervenir hasta 189 defensores principales, una cantidad que, según observó, no cabría en un estrado ordinario y crearía dificultades logísticas y de tiempo para garantizar la participación de todos.

En tercer lugar, Potentini señaló que el Ministerio Público habría presentado más de 3.500 pretensiones probatorias. Añadió que cada acusado tendría derecho a producir pruebas relacionadas con la imputación formulada en su contra, lo que podría elevar la cantidad de evidencias a proporciones difíciles de manejar.

El cuarto aspecto citado por el dirigente gremial está relacionado con el principio de igualdad de armas consagrado por la Constitución y el Código Procesal Penal.

Según explicó, frente a los aproximadamente 400 testigos propuestos por el Ministerio Público, los imputados también tendrían derecho a presentar testigos para responder a los testimonios dirigidos en su contra. En un escenario teórico, sostuvo, la cantidad podría superar los 25.000 o 30.000 declarantes.

Como quinto punto, recordó que los testigos no pueden permanecer dentro de la sala antes de rendir sus declaraciones. Por esa razón, consideró que el Poder Judicial tendría que habilitar espacios y establecer una logística capaz de albergar a una cantidad extraordinaria de testigos, abogados y personal de apoyo.

Advirtió que esa organización también tendría que realizarse sin paralizar ni perjudicar las labores cotidianas de los tribunales y el conocimiento de los procesos correspondientes a otros imputados.

Advierte sobre posible extinción de la acción penal

Potentini consideró que las dificultades identificadas deben motivar una reflexión dentro del sistema de justicia, debido a que la prolongación indefinida de los procesos puede comprometer principios esenciales del Estado de derecho.

Entre esos derechos citó la tutela judicial efectiva, la seguridad jurídica, la presunción de inocencia, el derecho de defensa y la garantía de toda persona sometida a un proceso penal de recibir una decisión dentro de un plazo razonable.

Señaló que el problema adquiere mayor dimensión cuando los expedientes permanecen durante años en los tribunales sin alcanzar una sentencia definitiva, provocando lo que describió como una judicialización permanente de las personas involucradas.

El presidente del CARD lamentó que, pese a su interés en que el proceso contra el exprocurador y los demás acusados llegue hasta sus últimas consecuencias, los obstáculos procesales identificados hacen poco probable ese desenlace.

A su juicio, esas dificultades podrían conducir, ahora o posteriormente, a la extinción de la acción penal por el vencimiento del plazo razonable establecido para la persecución y judicialización de los hechos.

Rechaza que todo recurso defensivo sea considerado dilatorio

El representante del gremio también manifestó preocupación por la tendencia a atribuir intenciones dilatorias al ejercicio de recursos, incidentes y otros mecanismos contemplados en la legislación.

Advirtió que esas actuaciones defensivas son utilizadas posteriormente, en algunos casos, como justificación para explicar la prolongación de los procesos.

Potentini respaldó la posición expresada por el jurista Carlos Balcácer, quien ha advertido que interpretar de manera extensiva las actuaciones de los abogados como estrategias destinadas a retrasar los procesos podría afectar el ejercicio profesional.

Según esa consideración, dicha interpretación generaría un efecto inhibidor sobre los abogados, pese a que estos tienen el deber de emplear los mecanismos legales disponibles para proteger los derechos y los intereses de sus representados.

El CARD consideró necesario establecer una diferenciación clara entre las actuaciones manifiestamente abusivas, dirigidas exclusivamente a obstaculizar un procedimiento, y el ejercicio legítimo de las herramientas procesales reconocidas a las partes.

Potentini sostuvo que la interposición de recursos, excepciones, incidentes y otras actuaciones permitidas por el ordenamiento jurídico no puede convertirse automáticamente en una presunción de conducta dilatoria.

Reclama acusaciones eficientes y manejables

El presidente del gremio afirmó que la eficacia de una persecución penal no debe medirse necesariamente por la cantidad de páginas de un expediente, el número de testigos propuestos o el volumen de las pruebas depositadas.

Consideró que uno de los principales desafíos de una administración de justicia moderna consiste en desarrollar procesos eficientes, manejables y compatibles con la obligación del Estado de perseguir las infracciones.

Esa responsabilidad, agregó, debe cumplirse simultáneamente con el deber de respetar las garantías fundamentales de los imputados y de las demás partes involucradas.

Potentini recomendó que los órganos responsables de la persecución penal evalúen, desde la fase de investigación, la viabilidad procesal de las acusaciones que posteriormente serán presentadas ante los tribunales.

Explicó que esa ponderación debe garantizar que los expedientes puedan conocerse efectivamente y dentro de parámetros temporales razonables, evitando que su tamaño o complejidad impidan obtener una decisión definitiva.

Durante su participación en Despierta RD, Potentini también abordó la implementación del nuevo Código Penal, el incremento salarial que calificó de ilegal de los integrantes del Consejo del Poder Judicial y la importancia de la evaluación, selección y renovación de la Suprema Corte de Justicia por parte del Consejo Nacional de la Magistratura.

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