COLABORACIÓN
Papeles Pandora y sociedades offshore
ENRIQUE SEGURA QUIÑONES
A raíz de la reciente publicación de los denominados Papeles de Pandora, resultado del trabajo de investigación efectuado por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación, sobre la participación de personas relevantes con negocios offshore, se ha originado una batahola que procura barbarizar y condenar el uso de las sociedades comerciales “offshore” o fuera de costa. Se ha llegado a construir una línea de opinión casi generalizada orientada a considerar estas empresas como sinónimo del delito, considerándoles como vehículos corporativos de uso estándar en ilícitos penales ¾nada más incierto¾, a pesar de que este tipo de compañías suelen tener grandes bondades. El término, concepto y finalidad de estas entidades ha sido totalmente malinterpretado, esto ha ocasionado que esta figura jurídica se encuentre recibiendo ataques sin precedentes históricos similares.
Las sociedades “offshore business company” son empresas constituidas legalmente en centros financieros fuera de costa o paraísos fiscales con el objetivo de efectuar operaciones mercantiles con innegables beneficios de planificación, de liberación de localidades de alta presión fiscal, de cierta confidencialidad en las transacciones, protección de activos y ventajas tributarias. La característica esencial para distinguir estas compañías de las sociedades onshore, se sustenta en que las offshore no pueden tener actividades comerciales en el país de su constitución, en virtud de que, si realizan operaciones, deberán tributar igual que las demás sociedades.
Existen objetivos generales y específicos para el uso sociedades offshore, entre los que se destacan el comercio internacional, los servicios de banca, financieros y seguros, la preservación de bienes, el manejo de portafolios de inversión, la protección de derechos de propiedad intelectual e industrial y de bienes inmobiliarios suntuarios. De igual forma, estas sociedades se utilizan para servicios de contratación de personal, envío de mercancías y comercio electrónico. (Siemmens)
A partir de las importantes ventajas y beneficios obtenidos mediante el uso de este tipo de vehículos corporativos, se ha venido produciendo un abuso y uso ilegal de los mismos por parte de evasores fiscales y grupos del crimen organizado y del terrorismo, con el fin de blanqueo de capitales y actividades ilícitas. (Muñoz) Esto ha conllevado a que jurisdicciones como Estados Unidos, Reino Unido, Francia, Alemania, Italia, entre otras, hayan generado regulaciones para el control de sus operaciones, en virtud de recomendaciones hechas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Banco Mundial (BM), el Grupo de Acción Financiera contra el Blanqueo de Capitales (FATF) y el Grupo de Acción Financiera del Caribe (GAFIC).
El uso de compañías en centros financieros offshore tiene sus orígenes en Reino Unido, cuando una corte estatuyó que una empresa no debía tributar en el país, sí sus negocios y actividades se efectúan en el exterior.