
Condenan a 15 años de prisión a mujer por explotación sexual de sus dos hijas menores
Santo Domingo, 1 sept.– El Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a 15 años de prisión y al pago de una multa equivalente a 100 salarios mínimos a una mujer declarada culpable de explotar sexualmente a sus dos hijas menores de edad.
El Ministerio Público informó que el proceso fue instrumentado por la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (PETT), dirigida por la procuradora de corte Yoanna Bejarán Álvarez.
La institución destacó que el caso fue resuelto gracias a la cooperación jurídica internacional entre República Dominicana y Estados Unidos, particularmente mediante la colaboración del Buró Federal de Investigaciones (FBI).
La cooperación estadounidense se desarrolló conforme a los protocolos establecidos por la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, conocida como Convención de Palermo.
La PETT también actuó al amparo de la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, promulgada el 7 de agosto de 2003, mediante la cual República Dominicana cumple los compromisos asumidos en la Convención de Palermo y su protocolo complementario.
El proceso se inició cuando el FBI y el Departamento de Justicia de Estados Unidos remitieron información a la PETT sin que existiera una solicitud previa de las autoridades dominicanas.
La entrega de los datos se realizó en aplicación del artículo 18, párrafos 4 y 5, de la Convención de Palermo, que permite a un Estado parte transmitir información penal a otro cuando considere que puede contribuir al inicio o conclusión de una investigación.
La cooperación también se sustentó en el artículo 27 de la Convención, relativo a la colaboración entre los organismos encargados de las investigaciones penales.
Debido a que las víctimas eran menores de edad, el Ministerio Público aplicó los artículos 24 y 25 de la Convención, referentes a la protección de testigos y la asistencia a las víctimas. Durante la investigación y el proceso judicial, las autoridades preservaron la identidad y seguridad de las niñas.
Las autoridades estadounidenses entregaron a la PETT documentación digital relacionada con una investigación desarrollada en el estado de Nueva York contra Daniel Batista, condenado en esa jurisdicción por delitos de naturaleza sexual.
El análisis forense practicado al teléfono celular de Batista permitió establecer que una mujer le enviaba reiteradamente, desde República Dominicana, imágenes de contenido sexual de menores de edad a cambio de remesas de dinero.
Durante las investigaciones, el Ministerio Público comprobó que la procesada desnudaba y fotografiaba a sus dos hijas, así como a otras niñas pertenecientes a su entorno familiar y social, para enviar las imágenes a Batista, quien las solicitaba a cambio de pagos.
Investigación y condena
La investigación estuvo dirigida por la procuradora fiscal Aleika Almonte, con el apoyo de la agencia investigativa Dictot y de la Unidad de Investigaciones de la PETT.
En el juicio, el Ministerio Público estuvo representado por las procuradoras fiscales Aleika Almonte y Noelia Tavera.
Por su parte, Daniel Batista fue condenado a 18 años de prisión en el estado de Nueva York, luego de que las autoridades estadounidenses comprobaran que poseía material de abuso sexual infantil.
“Este caso demuestra que ningún agresor, ni quienes facilitan la explotación de niños, niñas y adolescentes, están fuera del alcance de la justicia”, afirmó la procuradora de corte Yoanna Bejarán Álvarez al valorar la sentencia.
La titular de la PETT sostuvo que la cooperación internacional resulta fundamental para perseguir esta clase de crímenes y aseguró que esa dependencia continuará fortaleciendo los vínculos con las autoridades extranjeras para garantizar la protección de la niñez.
Bejarán Álvarez también reiteró el llamado del Ministerio Público a la ciudadanía para denunciar, a través de las líneas habilitadas para esos fines, cualquier situación de explotación, abuso o violencia contra niños, niñas y adolescentes.
La sentencia fue dictada por el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, integrado por las juezas Keila Pérez, presidenta; Arisdeilis Méndez y Francis Hernández, quienes acogieron los elementos de prueba presentados por el órgano acusador.
La mujer fue condenada por violar el artículo 24 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, así como los artículos 25, párrafo III; 26, 409, 410 y 411 de la Ley 136-03, que instituye el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
