Corte de Apelación rechaza pedido de Adán Cáceres y confirma continuidad del juicio por corrupción

Santo Domingo, 27 Feb.– El Ministerio Público informó que la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional rechazó el recurso interpuesto por el mayor general Adán Benoni Cáceres Silvestre, quien buscaba que se declarara extinguida la acción penal en el proceso que se le sigue por presuntos actos de corrupción administrativa.

De acuerdo con el órgano persecutor, el tribunal de alzada confirmó en todas sus partes la Resolución Penal núm. 249-02-2025-SRES-00089, emitida el 5 de agosto del año pasado por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, al considerar que no se verificaron los alegados vicios procesales invocados por la defensa.

La representación del Ministerio Público estuvo a cargo del procurador general de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, José Manuel Aguiló Talavera, y del fiscal Jonathan Pérez, adscrito a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).

La decisión fue adoptada por un tribunal integrado por las magistradas Isis Muñiz, en calidad de presidenta, Nancy Joaquín y Teófilo Andújar, quienes rechazaron la solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso.

Según citó el Ministerio Público, el pleno del tribunal estableció que no procedía acoger el pedimento de la defensa, al no evidenciarse una dilación indebida atribuible a los órganos acusadores ni violaciones al debido proceso.

Argumentos sobre la duración del proceso

Conforme explicó el Ministerio Público, la corte fundamentó su decisión en precedentes del Tribunal Constitucional, que establecen que la extinción de la acción penal por vencimiento de plazo debe analizarse bajo criterios razonables, considerando el contexto del sistema de justicia dominicano y las particularidades de cada caso.

En ese sentido, se recordó que durante la fase preliminar se autorizó una prórroga del plazo previsto en el artículo 299 del Código Procesal Penal, extendiéndolo de cinco a noventa y cinco días hábiles, medida adoptada para garantizar el derecho de defensa en un proceso de gran complejidad y volumen probatorio.

Asimismo, el Ministerio Público señaló que, durante la etapa de juicio, se registraron diversos aplazamientos entre el 26 de octubre de 2023 y el 27 de junio de 2024, fecha en que inició formalmente la presentación oral de la acusación.

Esos aplazamientos, según la decisión judicial, estuvieron vinculados a situaciones atribuibles a las defensas técnicas, incluyendo cambios y renuncias de abogados, designaciones de defensores públicos, solicitudes de plazos adicionales para estudiar el expediente, incomparecencias y licencias médicas.

El tribunal también dejó constancia, conforme a lo indicado por el Ministerio Público, de que no se verificó que los retrasos fueran provocados por el órgano acusador ni por el actor civil querellante.

Tras examinar los elementos planteados, la corte concluyó que el proceso se ha desarrollado dentro de los márgenes establecidos por la ley y con respeto a los derechos de las partes involucradas, razón por la cual no procede declarar extinguida la acción penal.

El proceso por presunta red de corrupción

El Ministerio Público sostiene que Adán Benoni Cáceres Silvestre, exjefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial (Cusep), encabezó una estructura compuesta por 30 personas físicas y 18 jurídicas que habría operado entre 2012 y 2020.

Según la acusación, la red habría desviado más de RD$4,500 millones provenientes del Cusep, el Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (Cestur) y el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani).

El pasado 5 de febrero, el Ministerio Público solicitó al Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional la imposición de 20 años de prisión y multas equivalentes a 400 salarios mínimos contra los generales Adán Benoni Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou y Julio Camilo De los Santos Viola.

También requirió condenas de cinco años de prisión para el mayor Raúl Alejandro Girón Jiménez, junto a multas de 200 salarios mínimos, y sanciones económicas contra otros implicados, entre ellos Carlos Augusto Lantigua Cruz y Miguel Ventura.

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