Danilo Díaz aclara que sentencia del TSE no impide consulta interna del PLD para elegir precandidatura presidencial
Santo Domingo, 21 junio. – Danilo Díaz, delegado del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) ante la Junta Central Electoral (JCE), aclaró que la reciente sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE), emitida la tarde del viernes 20 de junio, no anula el proceso de consulta que el PLD tiene previsto realizar en 2026 para seleccionar a su aspirante presidencial.
“La sentencia que acaba de dar a conocer el Tribunal Superior Electoral (TSE) no le prohíbe al Partido de la Liberación Dominicana hacer su consulta en el año 2026”, expresó Díaz, en una pronta reacción a la decisión del órgano jurisdiccional.
El dirigente explicó que lo que ha sido anulado es el procedimiento de inscripción de aspirantes, debido a que este no fue organizado por el órgano partidario competente. En ese sentido, indicó que la sentencia se apoya en los propios Estatutos del PLD, lo cual considera un reconocimiento a la normativa interna que rige la vida institucional del partido.
“En la sentencia se deja claro que es una competencia del Comité Central y no del Comité Político lo relativo al proceso de reglamentar la consulta, la apertura de la inscripción y establecer las reglas del juego que garanticen la igualdad de oportunidades que deben tener todos los aspirantes”, detalló Díaz.
A su juicio, la resolución del TSE no prohíbe la realización de la consulta, sino que delimita cómo debe organizarse, identificando al Comité Central como el organismo responsable de reglamentar el proceso, definir la inscripción de aspirantes y asegurar la equidad en la participación.
Díaz concluyó que la sentencia reafirma la capacidad del Comité Político para hacer propuestas, pero subraya que es el Comité Central el que debe ejecutar y normar todo el proceso de consulta, tal como lo establecen los estatutos internos del PLD.