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jueves, 6 de agosto de 2026
Derechos vulnerados y competitividad perdida

Derechos vulnerados y competitividad perdida

·6 de agosto de 2026·4

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Por Ramón Núñez Ramírez

La República Dominicana ha logrado durante décadas combinar crecimiento económico, estabilidad macroeconómica y política, expansión del turismo, auge de las zonas francas y un flujo creciente de remesas. También ha fortalecido su marco institucional con una Constitución considerada entre las más avanzadas de la región. Sin embargo, esa realidad contrasta con un Estado donde se violan derechos fundamentales y otras instituciones exponen al país a sanciones comerciales.

La Oficina Nacional de Defensa Pública, dirigida por el licenciado Rodolfo Valentín, detectó en el destacamento policial del ensanche Felicidad, en Santo Domingo Este, once personas que llevaban más de un mes privadas de libertad sin que se hubiese solicitado medida de coerción y sin que existiera registro procesal alguno en el Ministerio Público. En el destacamento de Vietnam, en Los Mina, fueron encontrados otros dos detenidos en circunstancias similares.

De confirmarse estos hechos, serían incompatibles con el artículo 40 de la Constitución. El párrafo 1 establece que nadie puede ser privado de libertad sin una orden motivada de un juez competente, salvo el caso de flagrante delito. El párrafo 5 dispone, además, que toda persona detenida debe ser sometida a la autoridad judicial dentro de las cuarenta y ocho horas.

Dos instituciones del Estado, La Policía Nacional y el Ministerio Publico, violan la Constitución sin ningún tipo de consecuencias. El estado de derecho es una quimera para los pobres.

La misma falta de diligencia se observa en el ámbito económico.

En 2023, el Servicio de Inspección de Sanidad Animal y Vegetal de Estados Unidos (APHIS) advirtió a las autoridades dominicanas sobre debilidades en los protocolos fitosanitarios para el control de la mosca de la fruta (Anastrepha obliqua). Las advertencias continuaron durante los años siguientes hasta que, el pasado 18 de julio, inspectores de ese organismo detectaron incumplimientos que llevaron a la suspensión de las exportaciones de mango dominicano hacia Estados Unidos.

Surge entonces una pregunta inevitable: ¿Cómo pudo llegarse a ese desenlace después de varios años de advertencias sin que se adoptaran oportunamente las medidas correctivas ni se establecieran responsabilidades?

El segundo caso también pudo haberse gestionado con mayor anticipación.

El 12 de marzo, el representante comercial de Estados Unidos inició investigaciones al amparo de la Sección 301 de la Ley de Comercio relacionadas con bienes producidos mediante trabajo forzoso. Ese mismo día fueron solicitadas consultas a los gobiernos involucrados, incluida la República Dominicana, y los días 28 y 29 de abril se celebraron las primeras audiencias públicas.

Hubo, por tanto, varios meses para negociar, presentar argumentos y procurar un tratamiento similar al obtenido por otros países de la región.

Sin embargo, el 23 de julio se anunció la aplicación de un arancel de 12.5 % a las exportaciones dominicanas hacia Estados Unidos, mientras Guatemala, El Salvador y Honduras, tras alcanzar acuerdos con la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), mantuvieron una tarifa de 10 %.

Ese mismo día el Poder Ejecutivo emitió el Decreto 502-26 sobre importaciones de bienes producidos mediante trabajo forzoso, una decisión correcta, pero claramente tardía para evitar la imposición del nuevo gravamen.

Un arancel adicional de 2.5% en márgenes tan estrechos como los de zonas francas, afectan nuestra competividad frente a esas tres naciones.

¿Cuál fue el papel del Ministerio de Industria, Comercio y del Ministerio de Relaciones Exteriores durante todo el proceso de consultas y negociaciones?

Un país no solo se fortalece aprobando buenas leyes o exhibiendo sólidos indicadores macroeconómicos. También se fortalece cuando sus instituciones cumplen la Constitución, previenen los problemas y rinden cuentas cuando fallan.

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