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martes, 21 de julio de 2026
Diputados aprueban 40 modificaciones al nuevo Código Penal y remiten proyecto al Senado

Diputados aprueban 40 modificaciones al nuevo Código Penal y remiten proyecto al Senado

·21 de julio de 2026·5

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Santo Domingo, 21 julio.– La Cámara de Diputados aprobó este lunes, en segunda discusión, el proyecto de ley que modifica 40 artículos de la Ley 74-25, que instituye el nuevo Código Penal y cuya entrada en vigor está prevista para la primera semana de agosto.

Durante la sesión, los legisladores incorporaron ocho variaciones adicionales a los 32 cambios aprobados el pasado sábado y decidieron remitir la iniciativa al Senado de la República.

La pieza deberá ser conocida y sometida a votación en dos discusiones por la Cámara Alta. Si recibe el respaldo de los senadores, será enviada al presidente Luis Abinader, quien decidirá sobre su promulgación u observación.

Cambios incorporados por los diputados

Entre las modificaciones aprobadas figura una disposición añadida al artículo 238, relativo a la estafa agravada, delito sancionado con penas de cinco a diez años de prisión mayor.

Los diputados agregaron un párrafo para establecer que también constituye estafa agravada vender o prometer la venta de un inmueble en planos y recibir total o parcialmente el precio acordado, así como comercializar una misma propiedad a dos personas.

Otra de las variaciones afecta el artículo 177, referente al proxenetismo agravado. Los legisladores eliminaron el numeral 10, que incluía entre sus causales los casos en los cuales “la víctima ha sido obligada, coaccionada, amenazada o se le ha retenido cualquier documento de identidad personal o que entrañe obligaciones o titularidad”.

Sin embargo, el artículo incorpora la penalización de los casos en que la captación de personas se produzca fuera del territorio nacional o se utilicen establecimientos para facilitar la explotación sexual.

El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, explicó que la modificación fue propuesta por la Procuraduría General de la República, debido a que esa conducta ya se encuentra contemplada en la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.

En el artículo 170, referente al autosecuestro, los diputados aclararon que la modificación se limita a incorporar la palabra “preparación”, cuya redacción era incorrecta.

El apartado establece que quien participe como cómplice en la preparación o consumación de un autosecuestro será castigado con la misma pena impuesta a la persona que organizó el hecho. La sanción prevista es de dos a tres años de prisión menor y una multa de hasta 15 salarios mínimos.

Exhibicionismo sexual y discriminación

Otro de los cambios fue introducido en el artículo 142, sobre exhibicionismo sexual. Los legisladores añadieron un numeral para eximir de responsabilidad penal los actos realizados en contextos artísticos dirigidos exclusivamente a personas adultas, siempre que no representen una afectación al bien jurídico protegido.

“Eso está permitido en todos los países del mundo. Son los ‘strippers’ y algo más”, expresó Pacheco al explicar el alcance de la disposición.

Asimismo, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, presentó un nuevo párrafo para el artículo 173, que tipifica la discriminación.

“No habrá discriminación cuando la acción u omisión se fundamente en el ejercicio legítimo de una facultad constitucional o legal, en la imposibilidad material o en caso de fuerza mayor que impida el cumplimiento de los supuestos previstos de estos artículos”, indica el texto aprobado.

Pacheco señaló que la nueva disposición fue elaborada como respuesta a las críticas surgidas en las redes sociales durante los últimos días.

Los artículos 104, sobre los daños causados mediante la aplicación de sustancias químicas, práctica conocida como “ácido del diablo”, y 141, que regula la prescripción de los delitos sexuales, recibieron únicamente modificaciones de estilo.

Finalmente, los diputados aprobaron una disposición que permitirá a los técnicos legislativos realizar las correcciones necesarias cuando sean detectadas faltas ortográficas u otros errores de forma en el texto.

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