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domingo, 19 de julio de 2026

Diputados aprueban en primera lectura cambios al Código Penal y convocan nueva sesión para el lunes

·19 de julio de 2026·10

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Diputados aprueban en primera lectura cambios al Código Penal y convocan nueva sesión para el lunes
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Santo Domingo, 18 julio.. - La Cámara de Diputados aprobó este sábado, en primera lectura, el proyecto de ley que introduce modificaciones al nuevo Código Penal (Ley 74-25), dando inicio al trámite legislativo para ajustar la normativa antes de su entrada en vigor, prevista para la primera semana de agosto.

Durante una sesión extraordinaria, los legisladores acogieron el informe presentado por la comisión bicameral que estudió las observaciones remitidas por el Poder Ejecutivo y aprobaron 32 modificaciones distribuidas en 24 artículos del texto legal. La iniciativa contó con el respaldo de la mayoría integrada por el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y sus aliados.

Salvo seis artículos incorporados por iniciativa de los diputados, la Cámara Baja aprobó prácticamente el mismo proyecto de modificaciones enviado por el presidente Luis Abinader al Senado de la República el pasado 10 de junio. Los cambios abarcan los artículos 11, 121, 122, 123, 124, 141, 144, 176, 177, 192, 207, 208, 209, 211, 214, 215, 248, 269, 303, 310 y 354.

El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, convocó una nueva sesión para este lunes a las 2:00 de la tarde, cuando el proyecto será conocido en segunda discusión. Si obtiene una nueva aprobación, la iniciativa será remitida al Senado, donde deberá agotar el mismo procedimiento antes de ser enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Posiciones encontradas

Durante el debate, la bancada de la Fuerza del Pueblo reiteró su propuesta de aplazar la entrada en vigencia del Código Penal y abrir un nuevo proceso de consultas con distintos sectores de la sociedad. Sin embargo, la iniciativa no prosperó debido al voto mayoritario del oficialismo.

Por su parte, los diputados del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) se abstuvieron de votar, argumentando que el proyecto mantiene la exclusión de la despenalización del aborto en las tres causales.

El diputado oficialista Eugenio Cedeño consideró que el nuevo Código Penal requerirá futuras reformas y propuso la creación de una comisión permanente para estudiar la legislación y continuar perfeccionándola.

"La ley es un elemento transformable. El tiempo ha sido breve, pero el mundo no se acaba hoy y tendremos tiempo de ir modificando", expresó el legislador durante la sesión.

Principales modificaciones

Entre los cambios más relevantes figura la reforma del artículo 192, relativo a la difusión de audios o imágenes sin consentimiento. La propuesta establece que este delito solo será sancionado cuando ocurra en un ámbito privado o exista una expectativa razonable de privacidad.

Asimismo, modifica el régimen de sanciones, fijando penas que van desde quince días hasta un año de prisión, y elimina la penalización específica para contenidos falsos elaborados mediante montajes.

En el artículo 207, sobre el delito de perjurio, se reduce la pena de prisión, que pasaría de un rango de cinco a diez años a uno de entre dos y cinco años.

También se modifica el artículo 208, referente a la difamación, reduciendo la sanción de dos a cinco años de prisión a un período de entre uno y dos años. Además, se establece que las expresiones difundidas en medios de comunicación, plataformas de streaming y el ciberespacio no serán objeto de sanción penal bajo esa disposición.

El artículo 211 incorpora una excepción para proteger las expresiones, opiniones y críticas relacionadas con actos de corrupción, políticas públicas, funciones estatales, servicios públicos y otros asuntos de interés público, siempre que estén sustentadas en pruebas o precedidas de una verificación razonable de la información.

Cambios sobre hostigamiento y acoso

Las modificaciones también redefinen el tratamiento del denominado bullying. El artículo 121 elimina ese término y pasa a denominar el delito únicamente como "hostigamiento".

El artículo 122 establece penas de uno a dos años de prisión cuando la víctima sea una persona con discapacidad física o mental y reduce de cinco a diez años la sanción cuando el hostigamiento provoque el suicidio de un menor de edad.

En tanto, el artículo 123 sustituye el concepto de ciberbullying por el de hostigamiento cibernético y exige que la conducta sea reiterada y sistemática para configurar el delito. Además, elimina la referencia a los comentarios en redes sociales como mecanismo para cometer hostigamiento, manteniendo la pena de dos a cinco años de prisión.

Otras reformas

El artículo 142 exime de responsabilidad penal a quienes se desnuden en actividades artísticas, culturales, científicas o educativas.

En el artículo 144, sobre acoso agravado, la pena aumenta de un máximo de tres años hasta cinco años de prisión.

El artículo 176 endurece las sanciones por proxenetismo, elevando la pena de un rango de dos a tres años a uno de entre dos y cinco años de prisión.

Respecto al artículo 269, relativo a la violación de propiedad, la sanción quedaría fijada entre dos y cinco años de prisión.

La reforma también introduce modificaciones en la responsabilidad penal de las personas jurídicas e incorpora la tipificación de la violencia física en conflictos entre familiares.

Por otra parte, el artículo 354 amplía la responsabilidad penal de quienes expidan certificados médicos falsos, incluyendo a los médicos forenses del sector privado, con penas de dos a tres años de prisión.

En cuanto al artículo 303, sobre malversación de fondos públicos, se incrementan las sanciones para los funcionarios que desvíen recursos estatales, elevando la pena de cinco a diez años de prisión, en lugar del rango de dos a tres años previsto anteriormente.

Próxi

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