Ejecutivo propone 18 cambios al Código Penal; Senado promete aprobarlos antes del 3 de agosto

Santo Domingo, 11 julio.– El Poder Ejecutivo sometió al Senado de la República un proyecto de ley que propone modificar 18 artículos de la Ley 74-25 del nuevo Código Penal, con el propósito de introducir ajustes antes de su entrada en vigencia, prevista para el próximo 3 de agosto. La iniciativa será conocida por el Congreso Nacional en un plazo de apenas 15 días.
El proyecto fue depositado por el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, quien informó que la propuesta elaborada por el Gobierno del presidente Luis Abinader será remitida al estudio de una comisión bicameral y expresó la confianza de que las modificaciones serán aprobadas antes de la fecha fijada para la entrada en vigor de la nueva legislación penal.
Las reformas propuestas abarcan los artículos 121, 122, 123, 141, 142, 144, 170, 176, 192, 207, 208, 211, 214, 215, 248, 303, 310 y 354. Debido a que la actual legislatura ordinaria concluye el 26 de julio, el Congreso dispondrá de un período limitado para completar el proceso legislativo. Si no logra aprobar las modificaciones en ese plazo, el presidente Luis Abinader tendría que convocar una legislatura extraordinaria.
Uno de los cambios de mayor alcance recae sobre el artículo 310, relativo al delito de ultraje, uno de los aspectos más cuestionados del Código Penal aprobado.
En su versión vigente, la disposición protege la dignidad de todos los funcionarios y servidores públicos, castigando expresiones, amenazas, escritos o imágenes dirigidos contra ellos.
La propuesta del Poder Ejecutivo limita esa protección exclusivamente a jueces, secretarios judiciales, representantes del Ministerio Público, alguaciles, intérpretes y peritos judiciales. Además, establece que el delito solo se configurará cuando las acciones sean aptas para menoscabar gravemente la dignidad de la función de impartir justicia o perturbar el normal desarrollo de un proceso judicial.
La pena permanecería sin cambios, con sanciones de 15 días a un año de prisión menor.
En materia de difamación, contemplada en el artículo 208, el Gobierno plantea reducir la pena de prisión actualmente establecida de dos a cinco años, para fijarla en un rango de uno a dos años.
Asimismo, propone que no sean sancionadas las expresiones difundidas a través de medios de comunicación, plataformas de streaming o el ciberespacio.
El proyecto también modifica el artículo 211 para incorporar una excepción por interés público. De ser aprobada, no se considerarán difamación ni injuria las opiniones o críticas relacionadas con actos de corrupción, políticas públicas, servicios públicos u otros asuntos de interés general, siempre que estén sustentadas en pruebas o en una verificación razonable de la información.
En cuanto al artículo 192, relativo a la difusión de imágenes o audios sin consentimiento, la iniciativa precisa que solo será sancionable cuando el material corresponda al ámbito privado o exista una expectativa razonable de privacidad.
La pena mínima se reduciría a 15 días de prisión, mientras que la máxima permanecería en un año. Además, se elimina la disposición específica que sancionaba los fotomontajes falsos.
El Poder Ejecutivo también propone modificar el artículo 207 sobre el delito de perjurio, reduciendo la pena de prisión de un rango de cinco a diez años a uno de dos a cinco años.
Las reformas incluyen, además, cambios en disposiciones relacionadas con el hostigamiento o bullying, el exhibicionismo sexual, el proxenetismo, el acoso agravado, la expedición de certificados médicos falsos y la malversación de fondos públicos, entre otros tipos penales contemplados en el nuevo Código Penal.
