El discurso de odio, según la ONU
Miguel Guerrero
La Cámara de Diputados tiene en agenda, según informes de prensa, un proyecto de ley para condenar lo que la Organización de las Naciones Unidas considera discurso de odio y discriminación contra las minorías, sean étnicas, religiosas o de cualquiera otra naturaleza.
En el pasado, se utilizó el tema para disfrazar solapados intentos para restringir la libertad de expresión, con el propósito de proteger complicidades políticas relacionadas con el mal uso de fondos públicos y otros crímenes contra la paz y el adecuado ambiente de actividad democrática. De manera que el Congreso debe propiciar vistas públicas y someter la iniciativa a una amplia discusión nacional.
Según la ONU, un “discurso de odio”, es cualquier tipo de comunicación “que ataque o utilice un lenguaje discriminatorio con referencia a una persona o un grupo en función de su religión, etnia, nacionalidad, raza, color, ascendencia, sexo u otro factor de identidad”.
La definición es demasiado amplia e imprecisa, y sólo ayudaría a crear un campo extenso y ambiguo de interpretación y, por ende, conducir a situaciones de intolerancia y generar más odio, en lugar de impedirlo. Por ejemplo, “no me junto con gays” o simplemente, “no quiero saber del vudú y de quienes lo practican”, entrarían en la calificación, vulnerando el derecho ciudadano a reunirse con quien quiera o rechazar ritos que no encajen con su fe o práctica religiosa.
De manera que el tema va más allá de la loable intención de eliminar toda práctica o actitud que tienda a fomentar el odio en la sociedad. Por tal razón, es necesario forzar al Congreso a someter esta o cualquiera otra iniciativa relacionada con los derechos ciudadanos a la más estricta y exhaustiva discusión pública.