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martes, 21 de julio de 2026
Hombre recupera su libertad tras pasar casi 20 años en prisión preventiva sin recibir sentencia

Hombre recupera su libertad tras pasar casi 20 años en prisión preventiva sin recibir sentencia

·20 de julio de 2026·25

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Dajabón, 20 julio.– Un hombre identificado como “Chiquin Jimene”, quien permanecía recluido en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Beller, en Dajabón, desde el 20 de junio de 2006 sin que un tribunal emitiera una sentencia definitiva sobre su proceso, recuperó su libertad luego de una intervención de la Oficina Nacional de Defensa Pública.

La excarcelación fue posible tras las acciones legales emprendidas por la Oficina de Defensa Pública del Departamento Judicial de Monte Cristi, que interpuso una acción de habeas corpus y posteriormente un recurso de apelación, recursos que permitieron revertir una privación de libertad que se había prolongado durante casi dos décadas.

De acuerdo con la Defensa Pública, el hombre fue enviado a prisión bajo una medida de coerción de prisión preventiva, concebida por la legislación como una medida excepcional y de carácter temporal. Sin embargo, en su caso la privación de libertad se extendió durante casi veinte años sin que existiera una decisión judicial definitiva sobre el proceso.

Los defensores públicos detectaron la irregularidad al asumir su representación legal y realizar una revisión exhaustiva del expediente. Como parte de las diligencias, sostuvieron reuniones con la representación jurídica del centro penitenciario y realizaron gestiones ante los tribunales para reconstruir el historial procesal del caso y determinar las razones por las que permanecía encarcelado.

La investigación permitió establecer que en el expediente existían informes médicos que acreditaban problemas de salud mental del interno. Asimismo, reveló que el 19 de marzo de 2009 tanto la Defensa Técnica como el Ministerio Público solicitaron al Tribunal Colegiado de Dajabón la aplicación de un procedimiento especial para personas inimputables, en atención a la condición psiquiátrica del imputado.

No obstante, el tribunal rechazó esa solicitud y, en cambio, dispuso la suspensión de la acción penal hasta que el hombre recuperara su salud mental. Según explicó la Defensa Pública, esa decisión nunca fue revisada ni el proceso reactivado, lo que derivó en un encierro indefinido que se prolongó durante casi veinte años.

Frente a esta situación, la Defensa Pública diseñó una estrategia jurídica orientada a restablecer los derechos fundamentales del interno, dando seguimiento permanente al caso y agotando todas las vías procesales disponibles. Como parte de esa estrategia fueron presentados una acción de habeas corpus y, posteriormente, un recurso de apelación.

La Corte acogió los argumentos de la defensa y, mediante decisión emitida el 25 de febrero de 2026, ordenó la libertad inmediata del ciudadano, poniendo fin a una de las restricciones al derecho fundamental a la libertad más prolongadas de las que se tenga registro en el sistema de justicia dominicano.

El director nacional de la Defensa Pública, Rodolfo Valentín Santos, afirmó que este desenlace reafirma el compromiso de la institución con la protección de los derechos fundamentales de las personas en condición de vulnerabilidad. Sostuvo que ningún ciudadano debe permanecer invisibilizado dentro del sistema de justicia y que la dignidad humana, el acceso a la justicia y el respeto a las garantías constitucionales deben orientar permanentemente la actuación de las instituciones.

La Defensa Pública consideró que, más allá de la liberación del interno, el caso pone de manifiesto las deficiencias existentes en los mecanismos de control y seguimiento de los procesos penales, al evidenciar cómo una persona pudo permanecer privada de libertad durante casi dos décadas sin que su situación jurídica fuera resuelta de manera definitiva, lo que resalta la necesidad de fortalecer la supervisión del sistema para evitar que hechos similares vuelvan a repetirse.

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