Iniciativa del Poder Ejecutivo sanciona con multa y prisión “publicaciones discriminatorias”; abogado advierte limita libertad de expresión

Santo Domingo, 21 junio – Las publicaciones que se consideren discriminatorias en medios de difusión pública serían sancionadas con multa y prisión de aprobarse el proyecto de ley en contra de la ciberdelincuencia sometido al Congreso Nacional por el Presidente Luis Abinader.

Al menos, esto en lo que estipula el artículo 17 de la pieza legislativa, en la que se indica que aquellos sean declarados culpables de haber usado un sistema de información para difundir alguna cuestión de carácter discriminatorio por ideología, color de piel, etnia, nacionalidad, religión, género u orientación sexual, enfrentaría una pena desde tres meses a cuatro años de cárcel.

También, el proyecto de ley establece una multa equivalente a desde los 200 a 500 salarios mínimos del sector público.

Igualmente, este artículo contiene otro párrafo en el que se señala los proveedores de servicios, a través de los que fue difundido el material discriminatorio, tendrán 24 horas para eliminar las referidas publicaciones y en caso de que no se cumpla con esto serían multados con 200 salarios mínimos.

En la pieza se definen sistemas de comunicación como aquellos dispositivos que sirvan para generar, enviar, recibir, archivar o procesar información, documentos digitales y mensajes de datos.

“A continuación, el artículo inédito:“Artículo 17. Discriminación. El que, a través de un sistema de información, difundir o poner a disposición material y publicaciones de carácter discriminatorio por ideología, raza, color, ascendencia u origen nacional o étnico, de género, orientación sexual y religión será sancionado con la pena de tres meses a cuatro años de prisión y multa de doscientas a quinientas veces el salario mínimo del sector público. Párrafo. Los proveedores de servicios deberán eliminar en un plazo de veinticuatro horas el material y publicaciones de carácter discriminatorio que se les haya notificado”.

En caso de no cumplir con la orden de eliminar dicho contenido podrán sancionados con multas de doscientas veces el salario mínimo del sector público”.

Injuria y difamación: La pieza legislativa abarca también delitos como la difamación y la injuria, en caso de que se cometan mediante un sistema de información.

Para la difamación la pena de prisión oscilaría entre dos a cinco años, con una multa entre 200 y 500 salarios mínimos, mientras que la injuria sería castigada con esa misma multa, pero sin tiempo encarcelado. Sin embargo, en ambos, la persecución del delito de difamación se promoverá a través de acción pública a instancia privada, o acción penal privada.

Abogado Manuel Tapia

Esta iniciativa del Poder Ejecutivo se inscribe en la línea observada  hasta ahora por diputados y senadores del Partido Revolucionario Moderno que, de acuerdo a la Sociedad Dominicana de Diarios, coartarían el libre ejercicio de la libertad de prensa en el país.

Al respecto, se pronuncia el jurista Manuel Tapia en declaraciones al matutino El Día, quien señala que hay más leyes que penalizan el denominado delito de palabras que las que sancionan el secuestro, el genocidio, peculado, la estafa y la corrupción. Todas ellas, según la opinión Tapia, “afectan al ejercicio del periodismo”.

Tapia incluye en ese listado el Código Penal (sanciona con prisión por ofensas en contra del presidente, ministros, legisladores y representantes diplomáticos), en términos similares la Ley 61-32 de Expresión y Difusión del Pensamiento y Ley No. 192-19 sobre Protección de la Imagen, Honor e Intimidad Familiar Vinculados a Personas Fallecidas y Accidentadas. Pero hay más. La Ley de Libre Acceso a la Información Pública, la de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, el Código Monetario, el Código del Menor, etc.

A estas leyes se suman proyectos en vías de aprobación como la iniciativa que regula el derecho a la intimidad y de ciberdelito que dispone prisión de tres meses a cuatro años si son utilizados términos discriminantes.

El presidente de la Sociedad Dominicana de Diarios, Persio Maldonado, dijo ayer que ya han planteado a los congresistas modificar la Ley 6132 y que se incluyan solo en ella todos los articulados sobre el tema. Indicó que el resto de legislaciones fungen como amenazas, además de que son muy ambiguas.

“Cuando conviertes las ambigüedades en instrumentos legales, estas se vuelven una amenaza efectiva en contra del ejercicio porque se puede prestar para todo, incluso para abusos desde el poder”.

Señaló que la sociedad debe ver los medios como parte de ese inventario de la democracia. “Sin embargo, hay aquí una inclinación perturbadora de siempre querer legislar contra la libertad de expresión y el ejercicio del periodismo”.

Citó como cosa incongruente que muchas de esas legislaciones son promovidas por “gobiernos supuestamente democráticos que se han servido de los medios y, sin embargo, no tienen tanto aprecio por los medios”.

El abogado constitucionalista Namphi Rodríguez coincidió con Maldonado al declarar que lo que corresponde es hacer una ley integral que incluya la protección de la libertad de expresión y la protección de los derechos de intimidad y el honor de las personas.

“Son derechos que se configuran entre pesos y contrapesos, libertad de expresión versus derecho a la intimidad, honor y propia imagen, eso debe ir solo en una sola ley”.

Explicó que en lo referente a las posibles ambigüedades en artículos que versan sobre la discriminación, la base a ser considerada para legislar en ese sentido son los tratados internacionales ya suscritos por el país.

Comentarios
Difundelo
Permitir Notificaciones OK No gracias