La banalidad de la judicatura

Eduardo Jorge Prats

A Hannah Arendt debemos el concepto de “banalidad del mal” que describe cĂłmo un sistema de poder polĂ­tico trivializa el exterminio de seres humanos gracias a un procedimiento burocrĂĄtico llevado a cabo por funcionarios incapaces de pensar en las consecuencias Ă©ticas y morales de sus propios actos.

Estos funcionarios son seres humanos normales, ordinarios y comunes que, a pesar de dedicarse cotidianamente al mal radical, afirman cumplir estricta y escrupulosamente con sus deberes como ciudadanos y funcionarios y hasta como fervorosos cristianos.

En otras palabras, “no se necesita una persona mala para servir en un mal sistema”, pues “la gente comĂșn se integra fĂĄcilmente en sistemas malĂ©volos” como se revela en los testimonios de “Aquellos hombres grises”, de Christopher R. Browning, y “Los verdugos voluntarios de Hitler”, de Daniel Goldhagen.

Si aplicamos la teoría de Claus Roxin sobre la responsabilidad penal en los casos de “aparatos organizados de poder”, sería responsable el funcionario que tiene control, al menos parcial, por medio de una “estructura organizada de poder”, que no es más que un “sistema de injusticia formalmente constituido”, sobre el “dominio del hecho”. Si, por el contrario, es un simple “engranaje de la maquinaria” del mal, es, en consecuencia, responsable por haber obedecido órdenes manifiestamente criminales. Se trata de un “crimen burocrático” en donde la indebida y ciega obediencia es el crimen.

Se puede afirmar que desde hace dĂ©cadas el sistema penal dominicano es incapaz de controlar las pulsiones autoritarias del poder punitivo estatal, pues el populismo penal ha venido erosionado paulatina pero progresivamente las garantĂ­as constitucionales y legales, lo que es ostensible, por solo citar un ejemplo, en el hecho de que, a pesar de que normativamente las medidas de coerciĂłn deben ser excepcionales y proporcionadas, siendo la libertad la regla y la libertad la excepciĂłn, se han venido imponiendo automĂĄtica y ciegamente, al margen de la existencia de uno de sus presupuestos (peligro de fuga del imputado, evitar destrucciĂłn de la prueba y protecciĂłn de la vĂ­ctima), conduciĂ©ndonos al “estado de cosas inconstitucional” de la crĂłnica de una coerciĂłn anunciada en que vivimos.

ÂżCuĂĄl es la responsabilidad del juez en un sistema como ese? Si partimos de la independencia formal del juez, se dirĂ­a que este tiene el control del proceso.

Si, por el contrario, el juez es, en verdad, una simple pieza del “pecado penal estructural”, al depender efectivamente de otros actores del sistema y fuera del mismo, entonces el juez, al ignorar adrede las normas, estaría obedeciendo ciegamente órdenes injustas y sería responsable de un crimen burocrático.

ParadĂłjicamente, el juez que quisiera aplicar correctamente las normas en un sistema donde cotidianamente siempre se violan, serĂ­a rĂĄpidamente tachado de propiciar privilegios a favor de ciertos imputados. Por eso el juez, animal polĂ­tico conservador, pendejo y oportunista por naturaleza, prefiere, como fantoche incapaz de resistir la presiĂłn de la alianza diabĂłlica acusador-periodistas-redes sociales, guionistas, directores y productores ejecutivos del juicio penal y el sufrimiento que este acarrea como espectĂĄculo de consumo masivo, violar las normas, garantizando, gracias al perverso coctel molotov de lawfare, derecho penal del enemigo y populismo penal, una penosa parodia de justicia vĂ­a la “igualdad ante el atropello”, para que asĂ­, a todos, sean pobres o ricos, poderosos o dĂ©biles, se le violen impunemente sus derechos.

La filósofa alemana Hanna Arendt es autora del concepto “banalidad del mal”

“No se necesita una persona mala para servir en un mal sistema”

“La gente comĂșn se integra fĂĄcilmente en sistemas malĂ©volos”

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